{"title":"秘鲁公立大学研究的未来","authors":"Pedro Miguel Barrientos Felipa","doi":"10.15381/pc.v24i1.16556","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.","PeriodicalId":14570,"journal":{"name":"Investigación y Pensamiento Crítico","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2019-08-19","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"El futuro de la investigación en la universidad pública peruana\",\"authors\":\"Pedro Miguel Barrientos Felipa\",\"doi\":\"10.15381/pc.v24i1.16556\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.\",\"PeriodicalId\":14570,\"journal\":{\"name\":\"Investigación y Pensamiento Crítico\",\"volume\":\"1 1\",\"pages\":\"\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2019-08-19\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Investigación y Pensamiento Crítico\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.15381/pc.v24i1.16556\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"\",\"JCRName\":\"\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Investigación y Pensamiento Crítico","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.15381/pc.v24i1.16556","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
El futuro de la investigación en la universidad pública peruana
La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.