{"title":"和平占领建筑物罪(第2条)。245.2 pl)。对最新改革法案提案的批评","authors":"Margarita Roig Torres","doi":"10.5944/rdpc.25.2021.29023","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El delito de ocupación pacífica de inmuebles del artículo 245.2 CP ha sido objeto de opiniones contrapuestas, tanto en la doctrina como en la práctica forense y esta discrepancia se ha plasmado en la interpretación de sus elementos por parte de los órganos judiciales. Esta controversia se refleja también en las Proposiciones de Ley de reforma. Frente a las propuestas despenalizadores iniciales, las presentadas en los últimos años abogan por endurecer el castigo, ante el incesante incremento de estas conductas en algunas ciudades y la alarma creada por los medios de comunicación. A ello se suma la indignación ciudadana por los problemas de convivencia que en algunos casos generan, junto a la ineficacia de la normativa actual para reintegrar el inmueble y la demanda de protección por parte de las entidades bancarias y de inversión excluidas de la nueva medida civil dirigida a la inmediata recuperación de la vivienda. Pues bien, el incremento penológico que incluyen las recientes Proposiciones de Ley vulnera el principio de prohibición de exceso, en tanto responde a motivos pragmáticos alejados de los fines preventivos que presiden el Derecho penal.","PeriodicalId":40809,"journal":{"name":"Derecho Penal y Criminologia","volume":"14 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.2000,"publicationDate":"2021-09-02","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"DELITO DE OCUPACIÓN PACÍFICA DE INMUEBLES (ART. 245.2 CP). UNA CRÍTICA A LAS ÚLTIMAS PROPOSICIONES DE LEY DE REFORMA\",\"authors\":\"Margarita Roig Torres\",\"doi\":\"10.5944/rdpc.25.2021.29023\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El delito de ocupación pacífica de inmuebles del artículo 245.2 CP ha sido objeto de opiniones contrapuestas, tanto en la doctrina como en la práctica forense y esta discrepancia se ha plasmado en la interpretación de sus elementos por parte de los órganos judiciales. Esta controversia se refleja también en las Proposiciones de Ley de reforma. Frente a las propuestas despenalizadores iniciales, las presentadas en los últimos años abogan por endurecer el castigo, ante el incesante incremento de estas conductas en algunas ciudades y la alarma creada por los medios de comunicación. A ello se suma la indignación ciudadana por los problemas de convivencia que en algunos casos generan, junto a la ineficacia de la normativa actual para reintegrar el inmueble y la demanda de protección por parte de las entidades bancarias y de inversión excluidas de la nueva medida civil dirigida a la inmediata recuperación de la vivienda. Pues bien, el incremento penológico que incluyen las recientes Proposiciones de Ley vulnera el principio de prohibición de exceso, en tanto responde a motivos pragmáticos alejados de los fines preventivos que presiden el Derecho penal.\",\"PeriodicalId\":40809,\"journal\":{\"name\":\"Derecho Penal y Criminologia\",\"volume\":\"14 1\",\"pages\":\"\"},\"PeriodicalIF\":0.2000,\"publicationDate\":\"2021-09-02\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Derecho Penal y Criminologia\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.5944/rdpc.25.2021.29023\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"Q4\",\"JCRName\":\"LAW\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Derecho Penal y Criminologia","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.5944/rdpc.25.2021.29023","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"LAW","Score":null,"Total":0}
DELITO DE OCUPACIÓN PACÍFICA DE INMUEBLES (ART. 245.2 CP). UNA CRÍTICA A LAS ÚLTIMAS PROPOSICIONES DE LEY DE REFORMA
El delito de ocupación pacífica de inmuebles del artículo 245.2 CP ha sido objeto de opiniones contrapuestas, tanto en la doctrina como en la práctica forense y esta discrepancia se ha plasmado en la interpretación de sus elementos por parte de los órganos judiciales. Esta controversia se refleja también en las Proposiciones de Ley de reforma. Frente a las propuestas despenalizadores iniciales, las presentadas en los últimos años abogan por endurecer el castigo, ante el incesante incremento de estas conductas en algunas ciudades y la alarma creada por los medios de comunicación. A ello se suma la indignación ciudadana por los problemas de convivencia que en algunos casos generan, junto a la ineficacia de la normativa actual para reintegrar el inmueble y la demanda de protección por parte de las entidades bancarias y de inversión excluidas de la nueva medida civil dirigida a la inmediata recuperación de la vivienda. Pues bien, el incremento penológico que incluyen las recientes Proposiciones de Ley vulnera el principio de prohibición de exceso, en tanto responde a motivos pragmáticos alejados de los fines preventivos que presiden el Derecho penal.