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Los fondos cooperativos en la discusión sobre la exoneración del pago del impuesto sobre la renta en las cooperativas costarricenses
Desde la existencia de una legislación especial para cooperativas el legislador consideró que las cooperativas como personas jurídicas sin ánimo de lucro estaban exoneradas del pago del Impuesto de la Renta. Esa norma ha estado acompañada por un régimen de reservas legales o fondos cooperativos dedicados a reserva legal, reserva de educación y reserva de bienestar social. Tales reseras obtienen sus fondos de las operaciones de las cooperativas en su ejercicio económico, cada año. Sin embargo, la falta de desarrollo de una cultura basada en los Valores y Principios Cooperativos y del Derecho Cooperativo ha llevado a funcionarios públicos y diputados a buscar medios para legales para obligar a las cooperativas al pago del impuesto sobre la renta, sin éxito porque siempre ha imperado la naturaleza jurídica de las cooperativas como organizaciones económico-sociales cuyo principal objetivo no es lucro sino el bienestar económico-social de sus miembros.
Recibido: 20 mayo 2021Aceptado: 22 junio 2021