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Por el otro lado, se analiza –desde un interesante análisis prospectivo- los beneficios que la regulación de la figura del alertador puede desplegar en el ámbito concreto de la Justicia Ambiental en nuestro ordenamiento jurídico. Surge el interés con ocasión de la proyectada incorporación de la figura del alertador, como consecuencia de la necesaria transposición al ordenamiento interno de los objetivos de la Directiva 2019/1937, de 23 de octubre, del Parlamento y del Consejo, relativa a la Protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.\n Resulta destacable el análisis de ambas iniciativas, si se tiene en cuenta especialmente que el acceso a la Justicia Ambiental es el menos desarrollado legalmente de los tres pilares que constituyen la denominada democracia ambiental, y ello tanto en el plano comunitario como asimismo en el propiamente interno, y por tanto origen de dificultades varias.","PeriodicalId":282922,"journal":{"name":"Revista Española de Derecho Europeo","volume":"45 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2022-06-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"Dos destacables iniciativas de mejora en la órbita europea con incidencia en el acceso a la justicia ambiental\",\"authors\":\"Piedad González Granda, Nerea Yugueros Prieto\",\"doi\":\"10.37417/rede/num81_2022_703\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El presente trabajo aborda dos iniciativas de naturaleza muy diversa pero con un nexo en común: su incidencia en la mejora del acceso a la Justicia Ambiental en la órbita de la Unión Europea. 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Dos destacables iniciativas de mejora en la órbita europea con incidencia en el acceso a la justicia ambiental
El presente trabajo aborda dos iniciativas de naturaleza muy diversa pero con un nexo en común: su incidencia en la mejora del acceso a la Justicia Ambiental en la órbita de la Unión Europea. Se trata por un lado del impacto del muy reciente Reglamento (UE) 2021/1767, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de octubre de 2021, por el que se modifica el Reglamento 1367/2006 sobre la aplicación del Convenio de Aarhus, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Por el otro lado, se analiza –desde un interesante análisis prospectivo- los beneficios que la regulación de la figura del alertador puede desplegar en el ámbito concreto de la Justicia Ambiental en nuestro ordenamiento jurídico. Surge el interés con ocasión de la proyectada incorporación de la figura del alertador, como consecuencia de la necesaria transposición al ordenamiento interno de los objetivos de la Directiva 2019/1937, de 23 de octubre, del Parlamento y del Consejo, relativa a la Protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
Resulta destacable el análisis de ambas iniciativas, si se tiene en cuenta especialmente que el acceso a la Justicia Ambiental es el menos desarrollado legalmente de los tres pilares que constituyen la denominada democracia ambiental, y ello tanto en el plano comunitario como asimismo en el propiamente interno, y por tanto origen de dificultades varias.