SABOTAJE INFORMÁTICO A INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS: ANÁLISIS DE LA REALIDAD CRIMINAL RECOGIDA EN LOS ARTÍCULOS 264 Y 264 BIS DEL CÓDIGO PENAL. ESPECIAL REFERENCIA A SU COMISIÓN CON FINALIDAD TERRORISTA.
{"title":"SABOTAJE INFORMÁTICO A INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS: ANÁLISIS DE LA REALIDAD CRIMINAL RECOGIDA EN LOS ARTÍCULOS 264 Y 264 BIS DEL CÓDIGO PENAL. ESPECIAL REFERENCIA A SU COMISIÓN CON FINALIDAD TERRORISTA.","authors":"María Concepción Gorjón Barranco","doi":"10.5944/rdpc.25.2021.28405","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Los datos existentes sobre ciberataques con malware destructivo, botnets y denegación de servicios, reflejan que estamos ante una nueva realidad criminal. Por eso, urge proteger los datos y sistemas informáticos, máxime cuando éstos, soportan servicios básicos para la ciudadanía como la energía, el agua, la salud, etc. Lograr este objetivo implica apostar en ciberseguridad y adoptar medidas en el ámbito legislativo. Por eso, nuestro legislador, entre otros ciberdelitos, tipificó en 2010 el sabotaje informático. Sin embargo, sin dudar de su necesidad, el reto desde la perspectiva penal, está en identificar la gravedad de esos ciberataques. Tomando en cuenta el criterio de la gravedad, haremos especial referencia en este trabajo, a aquellos que se dirigen a las infraestructuras críticas de los estados, recogido como una circunstancia agravante desde el año 2015 en los artículos 264 y 264 bis CP, así como a su comisión con finalidad terrorista del art. 573.2 CP.","PeriodicalId":40809,"journal":{"name":"Derecho Penal y Criminologia","volume":"12 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.2000,"publicationDate":"2021-09-02","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"1","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Derecho Penal y Criminologia","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.5944/rdpc.25.2021.28405","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"LAW","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Los datos existentes sobre ciberataques con malware destructivo, botnets y denegación de servicios, reflejan que estamos ante una nueva realidad criminal. Por eso, urge proteger los datos y sistemas informáticos, máxime cuando éstos, soportan servicios básicos para la ciudadanía como la energía, el agua, la salud, etc. Lograr este objetivo implica apostar en ciberseguridad y adoptar medidas en el ámbito legislativo. Por eso, nuestro legislador, entre otros ciberdelitos, tipificó en 2010 el sabotaje informático. Sin embargo, sin dudar de su necesidad, el reto desde la perspectiva penal, está en identificar la gravedad de esos ciberataques. Tomando en cuenta el criterio de la gravedad, haremos especial referencia en este trabajo, a aquellos que se dirigen a las infraestructuras críticas de los estados, recogido como una circunstancia agravante desde el año 2015 en los artículos 264 y 264 bis CP, así como a su comisión con finalidad terrorista del art. 573.2 CP.