A. Justicia-Arráez, M. D. Justicia, Guadalupe Alba, C. Arco
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Abstract
Cuando unos padres finalizan su relación uno de los aspectos más relevantes es el relativo a las medidas adoptadas en relación con los hijos. Desde la legalización del divorcio en 1981 se han llevado a cabo diversas modificaciones legislativas y algunas Comunidades Autónomas han decretado leyes donde la custodia compartida es la opción preferente. El estudio pretende analizar los razonamientos que utilizan jueces/magistrados para fundamentar la custodia compartida; conocer en qué medida las decisiones judiciales toman como referencia los informes periciales y los criterios que en ellos se aportan; y analizar si los razonamientos judiciales y los criterios psicológicos son de corte psicoevolutivo. Para ello, se llevó a cabo un estudio descriptivo transversal en el que se analizaron 163 sentencias del año 2016 de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los resultados evidencian una tendencia a una mayor argumentación de la concesión de la guarda y custodia compartida. Los razonamientos judiciales más frecuentes son la aptitud personal del progenitor, el interés superior del menor y la estabilidad del mismo, entre otros. Por otro lado, los criterios periciales más utilizados por los psicólogos en sus valoraciones son la capacidad de los progenitores y la calidad de las prácticas de crianza.