Cristalización legislativa de los procesos de seguritización de la covid-19. El caso de España. De la Ley 4/1981 sobre los estados de alarma, excepción y sitio
{"title":"Cristalización legislativa de los procesos de seguritización de la covid-19. El caso de España. De la Ley 4/1981 sobre los estados de alarma, excepción y sitio","authors":"Paul Zalduendo","doi":"10.15366/relacionesinternacionales2023.52.003","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El objeto de este artículo es realizar una propuesta teórico metodológica a partir del modelo de análisis de la Escuela de seguridad de Copenhague para incorporar el examen de textos legislativos al estudio de los procesos de securitización. Con este objetivo, se realiza una aproximación al estudio de la securitización de la pandemia de la COVID-19 a través del análisis comparativo de dos textos que han dado cobertura legislativa a la gestión de esta crisis sanitaria en España. El texto de la (1) Ley orgánica 4/1981 sobre los estados de alarma, excepción y sitio; y el texto de la (2) Ley 2/2021 del Parlamento Vasco de medidas para la gestión de la pandemia.\nMetodológicamente, este artículo analiza la securitización de la COVID-19 a partir del modelo propuesto por la Escuela de seguridad de Copenhague desarrollado a raíz de la publicación de Security: A New Framework For Analysis (Buzan et al., 1997). Numerosas investigaciones han aplicado este modelo de análisis en el estudio de las políticas de seguridad sobre fenómenos como los movimientos migratorios (Müller y Gerbauer, 2021), la emergencia climática o la crisis sanitaria de la COVID-19, examinando objetos tan diversos como los textos publicados en medios de comunicación social (Karyotis et al., 2021), el análisis de las audiencias (Bengtsson y Rhinard, 2019) o los discursos políticos (Kuleteva y Clifford, 2021). Un modelo que también se nutrió de las contribuciones posteriores de Balzacq (2005), Salter (2008) y Stritzel (2007; 2012) que ampliaron aún más los objetos de estudio de la securitización, que dejaron de ser exclusivamente textos de carácter político comunicados de manera lineal, para incorporar el análisis de la audiencia como un agente que interactúa y participa de la creación del discurso securitizador, la performance asociada a la ejecución del discurso o la interactividad del discurso en las redes sociodigitales.\nSin embargo, pese a esta diversificación de estudios, la mayoría de las investigaciones sobre la securitización siguen centrándose en textos pertenecientes a discursos políticos o mediáticos. Se observa una ausencia de análisis de otro tipo de textos como aquellos de carácter legislativo, que también es interesante estudiar en el marco de estos procesos. Se trata de textos que, en muchos casos, dan cobertura legislativa a la aplicación de políticas de seguridad y podrían representar la cristalización legal de discursos político-mediáticos previos. Dicho esto, dado el carácter jurídico de los textos que se examinan en este artículo, conviene señalar que el análisis que se propone es de carácter discursivo. Sin analizar las implicaciones jurídicas de los textos, cuestión que necesitaría otro tipo de tratamiento teórico-metodológico, nos proponemos observar la construcción discursiva de la seguridad que subyace en ellos y las consecuencias que, siguiendo las hipótesis de la Escuela de seguridad de Copenhague, esto conlleva.\nEl artículo se estructura en tres partes. En el primer apartado, se realiza un breve acercamiento a la evolución de la investigación sobre seguridad en el campo de las Relaciones Internacionales y a la teoría de la securitización elaborada por la Escuela de seguridad de Copenhague en los años noventa. En el segundo apartado, se describe el contexto de crisis sanitaria global y, en concreto, en el caso de España, junto con los procesos de securitización que la acompañan. En tercer lugar, se presentan los documentos examinados y la operacionalización que permite su análisis. Posteriormente, se aborda la discusión sobre los resultados y las conclusiones.","PeriodicalId":52009,"journal":{"name":"Relaciones Internacionales-Madrid","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.3000,"publicationDate":"2023-02-27","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Relaciones Internacionales-Madrid","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.15366/relacionesinternacionales2023.52.003","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"INTERNATIONAL RELATIONS","Score":null,"Total":0}
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Abstract
El objeto de este artículo es realizar una propuesta teórico metodológica a partir del modelo de análisis de la Escuela de seguridad de Copenhague para incorporar el examen de textos legislativos al estudio de los procesos de securitización. Con este objetivo, se realiza una aproximación al estudio de la securitización de la pandemia de la COVID-19 a través del análisis comparativo de dos textos que han dado cobertura legislativa a la gestión de esta crisis sanitaria en España. El texto de la (1) Ley orgánica 4/1981 sobre los estados de alarma, excepción y sitio; y el texto de la (2) Ley 2/2021 del Parlamento Vasco de medidas para la gestión de la pandemia.
Metodológicamente, este artículo analiza la securitización de la COVID-19 a partir del modelo propuesto por la Escuela de seguridad de Copenhague desarrollado a raíz de la publicación de Security: A New Framework For Analysis (Buzan et al., 1997). Numerosas investigaciones han aplicado este modelo de análisis en el estudio de las políticas de seguridad sobre fenómenos como los movimientos migratorios (Müller y Gerbauer, 2021), la emergencia climática o la crisis sanitaria de la COVID-19, examinando objetos tan diversos como los textos publicados en medios de comunicación social (Karyotis et al., 2021), el análisis de las audiencias (Bengtsson y Rhinard, 2019) o los discursos políticos (Kuleteva y Clifford, 2021). Un modelo que también se nutrió de las contribuciones posteriores de Balzacq (2005), Salter (2008) y Stritzel (2007; 2012) que ampliaron aún más los objetos de estudio de la securitización, que dejaron de ser exclusivamente textos de carácter político comunicados de manera lineal, para incorporar el análisis de la audiencia como un agente que interactúa y participa de la creación del discurso securitizador, la performance asociada a la ejecución del discurso o la interactividad del discurso en las redes sociodigitales.
Sin embargo, pese a esta diversificación de estudios, la mayoría de las investigaciones sobre la securitización siguen centrándose en textos pertenecientes a discursos políticos o mediáticos. Se observa una ausencia de análisis de otro tipo de textos como aquellos de carácter legislativo, que también es interesante estudiar en el marco de estos procesos. Se trata de textos que, en muchos casos, dan cobertura legislativa a la aplicación de políticas de seguridad y podrían representar la cristalización legal de discursos político-mediáticos previos. Dicho esto, dado el carácter jurídico de los textos que se examinan en este artículo, conviene señalar que el análisis que se propone es de carácter discursivo. Sin analizar las implicaciones jurídicas de los textos, cuestión que necesitaría otro tipo de tratamiento teórico-metodológico, nos proponemos observar la construcción discursiva de la seguridad que subyace en ellos y las consecuencias que, siguiendo las hipótesis de la Escuela de seguridad de Copenhague, esto conlleva.
El artículo se estructura en tres partes. En el primer apartado, se realiza un breve acercamiento a la evolución de la investigación sobre seguridad en el campo de las Relaciones Internacionales y a la teoría de la securitización elaborada por la Escuela de seguridad de Copenhague en los años noventa. En el segundo apartado, se describe el contexto de crisis sanitaria global y, en concreto, en el caso de España, junto con los procesos de securitización que la acompañan. En tercer lugar, se presentan los documentos examinados y la operacionalización que permite su análisis. Posteriormente, se aborda la discusión sobre los resultados y las conclusiones.