LO RELIGIOSO EN LA ESFERA PÚBLICA. EL TEMA DE LA EDUCACIÓN (A PROPÓSITO DE LA CAUSA “ASOCIACIÓN CIVIL ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS” C/DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS”, 23/8/22, DE LA CORTE SUPREMA)
{"title":"LO RELIGIOSO EN LA ESFERA PÚBLICA. EL TEMA DE LA EDUCACIÓN (A PROPÓSITO DE LA CAUSA “ASOCIACIÓN CIVIL ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS” C/DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS”, 23/8/22, DE LA CORTE SUPREMA)","authors":"Renato Rabbi-Baldi Cabanillas","doi":"10.26668/indexlawjournals/2358-1352/2023.v34i13.9427","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Los derechos constitucionales deben armonizarse tanto como resulte factica y jurídicamente posible. En el caso que se comenta se plantea la tensión entre una enseñanza escolar laica (en el sentido de \"laicista\", es decir, privada de cualquier contenido religioso) y una enseñanza escolar respetuosa de tradiciones históricas de determinadas provincias en la q se advierten elementos de carácter religioso. La Corte Suprema considera que tales elementos, por su relevancia histórica puntual, se hallan desprovistos de significado religioso. Además, entiende q las normas admiten la objeción de conciencia y la práctica no da cuenta de conductas discriminatorias. A partir de lo dicho, se entiende q se han armonizado los derechos a la igualdad, no discriminación y objeción de conciencia con el federalismo y una enseñanza escolar compatible c este.","PeriodicalId":30997,"journal":{"name":"Revista de Direito Brasileira","volume":"25 5","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-12-06","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Direito Brasileira","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.26668/indexlawjournals/2358-1352/2023.v34i13.9427","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Los derechos constitucionales deben armonizarse tanto como resulte factica y jurídicamente posible. En el caso que se comenta se plantea la tensión entre una enseñanza escolar laica (en el sentido de "laicista", es decir, privada de cualquier contenido religioso) y una enseñanza escolar respetuosa de tradiciones históricas de determinadas provincias en la q se advierten elementos de carácter religioso. La Corte Suprema considera que tales elementos, por su relevancia histórica puntual, se hallan desprovistos de significado religioso. Además, entiende q las normas admiten la objeción de conciencia y la práctica no da cuenta de conductas discriminatorias. A partir de lo dicho, se entiende q se han armonizado los derechos a la igualdad, no discriminación y objeción de conciencia con el federalismo y una enseñanza escolar compatible c este.