{"title":"所谓法外处决中国家财产责任的可归责性和公职人员的衍生责任","authors":"Fernando Yepes Gómez","doi":"10.16925/2357-5891.2021.01.03","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Tema y alcance: las últimas décadas de la historia en Colombia han estado marcadas por el profundo perjuicio de los actos de violencia de grupos subversivos. La reacción del Estado no se ha hecho esperar y en el afán de mejorar los resultados frente a las actividades de los integrantes de los grupos al margen de ley, ha propuesto gran variedad de políticas a los miembros de la Fuerza Pública para estimular o incentivar su valiosa actuación. \nCaracterísticas: primero a finales de la década de los setenta y después en la primera década del siglo xxi, se generalizaron prácticas (eso sí, denunciadas interna y externamente) que consistían en conducir a las víctimas con el apoyo de civiles informantes para simular combates o atribuirles la comisión de delitos, a fin de obtener privilegios económicos e institucionales por su muerte. Esto resultó en la constitución de prácticas criminales con el velo de jurídicas y legales (ejecuciones extrajudiciales) para mostrar eficacia y eficiencia. \nHallazgos: el análisis de la responsabilidad del Estado por las ejecuciones extrajudiciales en Colombia ha sido objeto del análisis tanto del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ha descansado sobre la idea de que la imputabilidad jurídica no entraña discusión. \nConclusión: el menoscabo y la vulneración de derechos fundamentales de los colombianos no podía inferir otro juicio de reproche al Estado que el de declarar su deber indemnizatorio frente a las víctimas, dadas las turbadoras notas luctuosas que empañan además la credibilidad en la Fuerza Pública, pues si su misión y función es la de garantizar o salvaguardar los derechos del Estado, el hecho de convertirse en el artífice y promotor de esas trasgresiones deja un manto de desconfianza en su labor, y hay translocación de posiciones de asegurador a infractor.","PeriodicalId":40362,"journal":{"name":"Dixi","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.4000,"publicationDate":"2021-01-12","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"La imputabilidad en la responsabilidad patrimonial del Estado en las denominadas ejecuciones extrajudiciales y la derivada para los agentes públicos\",\"authors\":\"Fernando Yepes Gómez\",\"doi\":\"10.16925/2357-5891.2021.01.03\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"Tema y alcance: las últimas décadas de la historia en Colombia han estado marcadas por el profundo perjuicio de los actos de violencia de grupos subversivos. 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La imputabilidad en la responsabilidad patrimonial del Estado en las denominadas ejecuciones extrajudiciales y la derivada para los agentes públicos
Tema y alcance: las últimas décadas de la historia en Colombia han estado marcadas por el profundo perjuicio de los actos de violencia de grupos subversivos. La reacción del Estado no se ha hecho esperar y en el afán de mejorar los resultados frente a las actividades de los integrantes de los grupos al margen de ley, ha propuesto gran variedad de políticas a los miembros de la Fuerza Pública para estimular o incentivar su valiosa actuación.
Características: primero a finales de la década de los setenta y después en la primera década del siglo xxi, se generalizaron prácticas (eso sí, denunciadas interna y externamente) que consistían en conducir a las víctimas con el apoyo de civiles informantes para simular combates o atribuirles la comisión de delitos, a fin de obtener privilegios económicos e institucionales por su muerte. Esto resultó en la constitución de prácticas criminales con el velo de jurídicas y legales (ejecuciones extrajudiciales) para mostrar eficacia y eficiencia.
Hallazgos: el análisis de la responsabilidad del Estado por las ejecuciones extrajudiciales en Colombia ha sido objeto del análisis tanto del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ha descansado sobre la idea de que la imputabilidad jurídica no entraña discusión.
Conclusión: el menoscabo y la vulneración de derechos fundamentales de los colombianos no podía inferir otro juicio de reproche al Estado que el de declarar su deber indemnizatorio frente a las víctimas, dadas las turbadoras notas luctuosas que empañan además la credibilidad en la Fuerza Pública, pues si su misión y función es la de garantizar o salvaguardar los derechos del Estado, el hecho de convertirse en el artífice y promotor de esas trasgresiones deja un manto de desconfianza en su labor, y hay translocación de posiciones de asegurador a infractor.