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Transmisibilidad del crédito por daño moral en el derecho japonés
La transmisibilidad del derecho a la reclamación por daño moral en caso de la muerte de la víctima no es un tema uniforme en el derecho comparado. Algunas legislaciones cuentan con prohibiciones específicas a la transmisión de la acción, salvo casos en los que la víctima haya demandado antes de fallecer. Otras les otorgan a los herederos la misma legitimación que la víctima fallecida. Sin embargo, muchas legislaciones guardan silencio en cuanto a la materia. Japón sigue esta última vertiente, lo que produjo amplias discusiones sobre la naturaleza de los daños morales y su transmisibilidad, terminando en una aceptación sin límites de la ejecución por parte de los herederos de la víctima. Esto por su parte abrió las puertas para que la jurisprudencia reconociera ciertos tipos de bienes jurídicos en el caso de responsabilidad médica, utilizando los principios generales de la transmisibilidad de la acción por daño moral.