{"title":"Augostina Mayan的案例和秘鲁针对环境和领土捍卫者的不同暴力","authors":"S. Vargas, Carolina Oviedo","doi":"10.1080/13552074.2023.2184532","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El 31 de octubre de 2022 el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer adoptó la Recomendación general N° 39 sobre los derechos de las mujeres y niñas indígenas (en adelante, RG 39) que, entre otras cosas, señala la importancia de que las medidas de protección y el acceso a la justicia deban abordarse desde una mirada interseccional. Esto implica que hay que tomar en cuenta los múltiples retos asociados al racismo, al colonialismo, al sexismo y a las barreras para el pleno acceso a derechos individuales y colectivos. Esta mirada es crucial para entender la extrema gravedad de las violencias diferenciadas en los casos de las mujeres defensoras del ambiente y del territorio. Como el caso de Augostina Mayan, lideresa awajún, que desde el 2009 denuncia las afectaciones del avance de la minería en territorio indígena al norte de la Amazonía peruana (Hurtado 2022). Como lideresa de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC), se ha enfrentado a mineros y comuneros indígenas que han terminado cediendo su territorio por incentivos económicos, pues la minería ilegal se presenta como aparente solución frente a los efectos negativos de las políticasmacroeconómicas neoliberales y la ausencia estatal, pese a los impactos sociales y ambientales que van desde la contaminación por mercurio hasta el aumento de violencia sexual y aparición de trata de personas. En su lucha ha padecido diversas amenazas, violencias físicas, psicológicas y espirituales, y una constante vulneración de sus derechos individuales y colectivos (Durand 2021). En este sentido, la RG 39 reconoce al despojo territorial como una forma de violencia hacia las mujeres indígenas porque amenaza la conexión y relación con la tierra, el territorio y los lugares sagrados, dado que la relación es espiritual y no meramente patrimonial. Además, afecta de manera permanente sus planes y medios de vida individuales y comunitarios. Asimismo, se evidencia la violencia ambiental, expresada en este caso por la contaminación minera y la falta de fiscalización y sanción por parte del Estado. En este contexto, las lideresas de ODECOFROC han demandado el cese de la actividad y una interdicción estatal frente a todos los riesgos que afrontan. Si hay algo que la interseccionalidad nos muestra es que las violencias que viven las mujeres defensoras, además de ser coloniales y neoliberales, son patriarcales. Así, Augostina ha sufrido violencia espiritual al ser acusada de ‘bruja’. 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El caso de Augostina Mayan y las violencias diferenciadas hacia las defensoras del ambiente y del territorio en Perú
El 31 de octubre de 2022 el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer adoptó la Recomendación general N° 39 sobre los derechos de las mujeres y niñas indígenas (en adelante, RG 39) que, entre otras cosas, señala la importancia de que las medidas de protección y el acceso a la justicia deban abordarse desde una mirada interseccional. Esto implica que hay que tomar en cuenta los múltiples retos asociados al racismo, al colonialismo, al sexismo y a las barreras para el pleno acceso a derechos individuales y colectivos. Esta mirada es crucial para entender la extrema gravedad de las violencias diferenciadas en los casos de las mujeres defensoras del ambiente y del territorio. Como el caso de Augostina Mayan, lideresa awajún, que desde el 2009 denuncia las afectaciones del avance de la minería en territorio indígena al norte de la Amazonía peruana (Hurtado 2022). Como lideresa de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC), se ha enfrentado a mineros y comuneros indígenas que han terminado cediendo su territorio por incentivos económicos, pues la minería ilegal se presenta como aparente solución frente a los efectos negativos de las políticasmacroeconómicas neoliberales y la ausencia estatal, pese a los impactos sociales y ambientales que van desde la contaminación por mercurio hasta el aumento de violencia sexual y aparición de trata de personas. En su lucha ha padecido diversas amenazas, violencias físicas, psicológicas y espirituales, y una constante vulneración de sus derechos individuales y colectivos (Durand 2021). En este sentido, la RG 39 reconoce al despojo territorial como una forma de violencia hacia las mujeres indígenas porque amenaza la conexión y relación con la tierra, el territorio y los lugares sagrados, dado que la relación es espiritual y no meramente patrimonial. Además, afecta de manera permanente sus planes y medios de vida individuales y comunitarios. Asimismo, se evidencia la violencia ambiental, expresada en este caso por la contaminación minera y la falta de fiscalización y sanción por parte del Estado. En este contexto, las lideresas de ODECOFROC han demandado el cese de la actividad y una interdicción estatal frente a todos los riesgos que afrontan. Si hay algo que la interseccionalidad nos muestra es que las violencias que viven las mujeres defensoras, además de ser coloniales y neoliberales, son patriarcales. Así, Augostina ha sufrido violencia espiritual al ser acusada de ‘bruja’. Esta acusación muestra la
期刊介绍:
Since 1993, Gender & Development has aimed to promote, inspire, and support development policy and practice, which furthers the goal of equality between women and men. This journal has a readership in over 90 countries and uses clear accessible language. Each issue of Gender & Development focuses on a topic of key interest to all involved in promoting gender equality through development. An up-to-the minute overview of the topic is followed by a range of articles from researchers, policy makers, and practitioners. Insights from development initiatives across the world are shared and analysed, and lessons identified. Innovative theoretical concepts are explored by key academic writers, and the uses of these concepts for policy and practice are explored.