Margarita Rodelo Garcia, Vidal Niebles Mejía, Brenda Paola Camargo González
{"title":"哥伦比亚国家在社会抗议框架内的国际责任","authors":"Margarita Rodelo Garcia, Vidal Niebles Mejía, Brenda Paola Camargo González","doi":"10.18041/0124-0102/a.38.9744","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El Estado debe ser garante de la seguridad ciudadana y del mantenimiento del orden público, como lo señala el artículo 2 de la Constitución, pero también debe velar por el cumplimiento de los derechos humanos en territorio y por los tratados y convenios internacionales que haya firmado o ratificado. El objetivo principal de este artículo es hacer un análisis de la responsabilidad internacional del Estado en el marco de la protesta social. En este sentido, se discute el derecho a la protesta social nacional e internacionalmente, la criminalización y los límites impuestos a este derecho, el papel que desempeñan los medios de comunicación y, finalmente, la responsabilidad del Estado por la acción u omisión de sus agentes en la limitación al ejercicio de esta protesta, así como la falta de políticas y su regulación. Mediante el análisis de fuentes y la revisión de datos, con base en el método analítico-sistemático, se consultan fuentes bibliográficas y documentales para tener un panorama más claro sobre este tema. El trabajo concluye que el Estado es responsable internacionalmente por la acción u omisión de sus agentes y, en este sentido, debe responder frente al hecho ocurrido en el marco de la protesta, en el entendido de las garantías internaciones y constitucionales que tiene este derecho autónomo.","PeriodicalId":33397,"journal":{"name":"Advocatus","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2022-12-20","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"Responsabilidad internacional del Estado colombiano en el marco de la protesta social\",\"authors\":\"Margarita Rodelo Garcia, Vidal Niebles Mejía, Brenda Paola Camargo González\",\"doi\":\"10.18041/0124-0102/a.38.9744\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El Estado debe ser garante de la seguridad ciudadana y del mantenimiento del orden público, como lo señala el artículo 2 de la Constitución, pero también debe velar por el cumplimiento de los derechos humanos en territorio y por los tratados y convenios internacionales que haya firmado o ratificado. El objetivo principal de este artículo es hacer un análisis de la responsabilidad internacional del Estado en el marco de la protesta social. En este sentido, se discute el derecho a la protesta social nacional e internacionalmente, la criminalización y los límites impuestos a este derecho, el papel que desempeñan los medios de comunicación y, finalmente, la responsabilidad del Estado por la acción u omisión de sus agentes en la limitación al ejercicio de esta protesta, así como la falta de políticas y su regulación. Mediante el análisis de fuentes y la revisión de datos, con base en el método analítico-sistemático, se consultan fuentes bibliográficas y documentales para tener un panorama más claro sobre este tema. El trabajo concluye que el Estado es responsable internacionalmente por la acción u omisión de sus agentes y, en este sentido, debe responder frente al hecho ocurrido en el marco de la protesta, en el entendido de las garantías internaciones y constitucionales que tiene este derecho autónomo.\",\"PeriodicalId\":33397,\"journal\":{\"name\":\"Advocatus\",\"volume\":\" \",\"pages\":\"\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2022-12-20\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Advocatus\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.18041/0124-0102/a.38.9744\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"\",\"JCRName\":\"\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Advocatus","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.18041/0124-0102/a.38.9744","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
Responsabilidad internacional del Estado colombiano en el marco de la protesta social
El Estado debe ser garante de la seguridad ciudadana y del mantenimiento del orden público, como lo señala el artículo 2 de la Constitución, pero también debe velar por el cumplimiento de los derechos humanos en territorio y por los tratados y convenios internacionales que haya firmado o ratificado. El objetivo principal de este artículo es hacer un análisis de la responsabilidad internacional del Estado en el marco de la protesta social. En este sentido, se discute el derecho a la protesta social nacional e internacionalmente, la criminalización y los límites impuestos a este derecho, el papel que desempeñan los medios de comunicación y, finalmente, la responsabilidad del Estado por la acción u omisión de sus agentes en la limitación al ejercicio de esta protesta, así como la falta de políticas y su regulación. Mediante el análisis de fuentes y la revisión de datos, con base en el método analítico-sistemático, se consultan fuentes bibliográficas y documentales para tener un panorama más claro sobre este tema. El trabajo concluye que el Estado es responsable internacionalmente por la acción u omisión de sus agentes y, en este sentido, debe responder frente al hecho ocurrido en el marco de la protesta, en el entendido de las garantías internaciones y constitucionales que tiene este derecho autónomo.