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La diabetes mellitus (DM) es una de las enfermedades que pertenecen a este grupo.\nEn 2013 el Ministerio de Salud Pública (MSP) realizó una encuesta de enfermedades no transmisibles que arrojó que la prevalencia de DM fue de 7,5% en la población de 15 a 24 años y de 16,8% en la población de 55 a 64 años.\nEn este marco, el MSP creó un grupo de trabajo junto con las asociaciones de pacientes y otros grupos involucrados, con los objetivos determinados por la Ley 19.798, que establece la mejora en las actividades de control y tratamiento de las enfermedades no transmisibles, con especial énfasis en las personas con DM.\nEl acceso a la atención de las personas con DM se encuentra en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), el cual establece que el acceso a la salud sea de forma equitativa y con cobertura universal. El mismo se financia con el Fondo Nacional de Salud (FONASA) con aportes de los trabajadores, empresas y rentas generales, regulado por el MSP. Al mismo acceden trabajadores dependientes, no dependientes, jubilados, y las personas sin capacidad de aporte optan por el Sistema Público o el Sistema Privado (Instituciones de Asistencia Médica Colectiva).\nEl acceso a los tratamientos en el Sistema Público no tiene costo alguno y en el Sistema Privado existe un decreto que exonera el cobro de medicamentos reguladores de glucemia (metformina, secretagogos, glucagón, insulina NPH y cristalina) y 25 tiras de hemoglucotest por mes.\nPara algunos tratamientos existe un fondo de cobertura llamado Fondo Nacional de Recursos que financia las prestaciones de mayor complejidad y costo, en el cual algunos tratamientos de la DM están contemplados (análogos lentos de insulina y bombas de infusión de insulina) y a los que se accede si se cumple con la normativa vigente.","PeriodicalId":34071,"journal":{"name":"Revista de la Sociedad Argentina de Diabetes","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-08-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"Acceso a la atención en diabetes mellitus en Uruguay\",\"authors\":\"Adriana Dominzain\",\"doi\":\"10.47196/diab.v57i3sup.641\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"Las enfermedades crónicas no transmisibles en el adulto lideran las causas de morbimortalidad en el mundo. 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Acceso a la atención en diabetes mellitus en Uruguay
Las enfermedades crónicas no transmisibles en el adulto lideran las causas de morbimortalidad en el mundo. La diabetes mellitus (DM) es una de las enfermedades que pertenecen a este grupo.
En 2013 el Ministerio de Salud Pública (MSP) realizó una encuesta de enfermedades no transmisibles que arrojó que la prevalencia de DM fue de 7,5% en la población de 15 a 24 años y de 16,8% en la población de 55 a 64 años.
En este marco, el MSP creó un grupo de trabajo junto con las asociaciones de pacientes y otros grupos involucrados, con los objetivos determinados por la Ley 19.798, que establece la mejora en las actividades de control y tratamiento de las enfermedades no transmisibles, con especial énfasis en las personas con DM.
El acceso a la atención de las personas con DM se encuentra en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), el cual establece que el acceso a la salud sea de forma equitativa y con cobertura universal. El mismo se financia con el Fondo Nacional de Salud (FONASA) con aportes de los trabajadores, empresas y rentas generales, regulado por el MSP. Al mismo acceden trabajadores dependientes, no dependientes, jubilados, y las personas sin capacidad de aporte optan por el Sistema Público o el Sistema Privado (Instituciones de Asistencia Médica Colectiva).
El acceso a los tratamientos en el Sistema Público no tiene costo alguno y en el Sistema Privado existe un decreto que exonera el cobro de medicamentos reguladores de glucemia (metformina, secretagogos, glucagón, insulina NPH y cristalina) y 25 tiras de hemoglucotest por mes.
Para algunos tratamientos existe un fondo de cobertura llamado Fondo Nacional de Recursos que financia las prestaciones de mayor complejidad y costo, en el cual algunos tratamientos de la DM están contemplados (análogos lentos de insulina y bombas de infusión de insulina) y a los que se accede si se cumple con la normativa vigente.