{"title":"神经权利及其监管","authors":"Wilma Arellano","doi":"10.4114/intartif.vol27iss73pp4-13","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En este artículo se tratará brevemente el concepto de neuroderechos. Éstos han sido perfilados, conceptualizados, dotados de contenido o reconocidos en España, la Unión Europea y otras latitudes. Aclaremos, sin embargo, que fundamentalmente se habla de derechos que se están discutiendo y sobre los que se está solicitando protección, pero las acciones en este sentido son más o menos recientes, tanto desde la perspectiva jurídica, como la de la ética y la de las neurociencias. \nEn este sentido, cabe señalar que hay desarrollos de tipo más bien normativo y otros más de tipo declarativo (o soft law) de los que hablaremos más adelante y cuya diferencia será explicada oportunamente. Se abordarán los elementos introductorios y los antecedentes en torno a los neuroderechos, dada la cada vez más notable aproximación a una nueva dimensión no sólo de los derechos fundamentales, sino también de los derechos digitales, entre los cuales se encuentran los derechos frente al empleo de las neurotecnologías y los derechos ante el uso de la Inteligencia Artificial (IA), abordados por la Carta de Derechos Digitales de España (sección 5, apartados XXI al XXVI). \n ","PeriodicalId":176050,"journal":{"name":"Inteligencia Artif.","volume":"11 11","pages":"4-13"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2024-01-05","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"Los neuroderechos y su regulación\",\"authors\":\"Wilma Arellano\",\"doi\":\"10.4114/intartif.vol27iss73pp4-13\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"En este artículo se tratará brevemente el concepto de neuroderechos. Éstos han sido perfilados, conceptualizados, dotados de contenido o reconocidos en España, la Unión Europea y otras latitudes. Aclaremos, sin embargo, que fundamentalmente se habla de derechos que se están discutiendo y sobre los que se está solicitando protección, pero las acciones en este sentido son más o menos recientes, tanto desde la perspectiva jurídica, como la de la ética y la de las neurociencias. \\nEn este sentido, cabe señalar que hay desarrollos de tipo más bien normativo y otros más de tipo declarativo (o soft law) de los que hablaremos más adelante y cuya diferencia será explicada oportunamente. Se abordarán los elementos introductorios y los antecedentes en torno a los neuroderechos, dada la cada vez más notable aproximación a una nueva dimensión no sólo de los derechos fundamentales, sino también de los derechos digitales, entre los cuales se encuentran los derechos frente al empleo de las neurotecnologías y los derechos ante el uso de la Inteligencia Artificial (IA), abordados por la Carta de Derechos Digitales de España (sección 5, apartados XXI al XXVI). \\n \",\"PeriodicalId\":176050,\"journal\":{\"name\":\"Inteligencia Artif.\",\"volume\":\"11 11\",\"pages\":\"4-13\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2024-01-05\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Inteligencia Artif.\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.4114/intartif.vol27iss73pp4-13\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"\",\"JCRName\":\"\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Inteligencia Artif.","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.4114/intartif.vol27iss73pp4-13","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
引用次数: 0
摘要
本文将简要讨论神经权利的概念。在西班牙、欧盟和其他国家,这些权利已经被概述、概念化、赋予内容或得到承认。不过,我们要澄清的是,我们谈论的基本上是正在讨论和寻求保护的权利,但无论是从法律角度还是从伦理和神经科学角度来看,这种意义上的行动或多或少都是最近才开始的。从这个意义上讲,应该指出的是,有一些发展更偏向于规范类型,而另一些发展则更偏向于宣言(或软法律)类型,我们稍后将讨论这些发展,并在适当的时候解释其区别。鉴于《西班牙数字权利宪章》(第 5 部分,第 XXI 至 XXVI 节)不仅对基本权利,还对数字 权利的新层面采取了日益显著的态度,其中包括反对使用神经技术的权利和反对使用人工智 能(AI)的权利,我们将讨论神经权利的入门要素和背景。
En este artículo se tratará brevemente el concepto de neuroderechos. Éstos han sido perfilados, conceptualizados, dotados de contenido o reconocidos en España, la Unión Europea y otras latitudes. Aclaremos, sin embargo, que fundamentalmente se habla de derechos que se están discutiendo y sobre los que se está solicitando protección, pero las acciones en este sentido son más o menos recientes, tanto desde la perspectiva jurídica, como la de la ética y la de las neurociencias.
En este sentido, cabe señalar que hay desarrollos de tipo más bien normativo y otros más de tipo declarativo (o soft law) de los que hablaremos más adelante y cuya diferencia será explicada oportunamente. Se abordarán los elementos introductorios y los antecedentes en torno a los neuroderechos, dada la cada vez más notable aproximación a una nueva dimensión no sólo de los derechos fundamentales, sino también de los derechos digitales, entre los cuales se encuentran los derechos frente al empleo de las neurotecnologías y los derechos ante el uso de la Inteligencia Artificial (IA), abordados por la Carta de Derechos Digitales de España (sección 5, apartados XXI al XXVI).