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La perspectiva de género en la disciplina laboral y de protección social. Fundamentos y límites
La perspectiva de género, tal y como está concebida en los instrumentos internacionales y en las normas nacionales, tiene una proyección general e interdisciplinar. Sin duda, la necesidad de esta perspectiva como criterio de resolución judicial es particularmente significativa en el ámbito social, por razones vinculadas con la propia configuración de las normas sociales y el contexto sociológico y temporal en que estas se elaboran. Al respecto, los tribunales del orden social de la jurisdicción vienen aplicando el criterio hermenéutico de la perspectiva de género en numerosas resoluciones judiciales, especialmente las relacionadas con la protección social, para corregir interpretaciones de las normas que ahonden en la discriminación por razón de género. Recientes pronunciamientos, sin embargo, traen a un primer plano la posibilidad de fijar límites a la aplicación del canon de la perspectiva de género, advirtiendo sobre la necesaria distinción entre la función creadora e interpretativa que corresponde a los órganos judiciales.