{"title":"21世纪公司的esquirology。西班牙案例的法理学回顾","authors":"José Enrique Ruiz Saura","doi":"10.51896/delos/kjga8564","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En las últimas décadas, la doctrina científica y jurisprudencial ha ido concretando los límites legales de las nuevas prácticas empresariales dirigidas a anular los efectos del ejercicio de la huelga, todas ellas comprendidas en el concepto de esquirolaje. Dado que la actual regulación de este derecho fundamental es escasa y data del año 1977, para poder determinar con precisión el criterio judicial aplicable ante realidades laborales novedosas, ha de estudiarse minuciosamente la evolución y la consolidación de la jurisprudencia acaecida a raíz de la entrada en el escenario laboral de fenómenos como la externalización de servicios, la automatización de procesos o la gestión algorítmica de los recursos humanos. Consecuentemente, en este trabajo se ha procedido a la recopilación y análisis exhaustivo de las resoluciones más relevantes que el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y distintos Tribunales Superiores de Justicia han emitido en los últimos años. De ello, puede extraerse que los tribunales han pasado de censurar únicamente la sustitución de huelguistas por trabajadores ajenos a la empresa (esquirolaje externo) a declarar contrarios a Derecho otros tipos no recogidos expresamente en la norma, como es la sustitución de huelguistas por trabajadores pertenecientes a empresas contratistas, más recientemente, sustituir la labor de los trabajadores ausentes mediante el empleo de instrumentos tecnológicos (“esquirolaje tecnológico”).","PeriodicalId":339553,"journal":{"name":"DELOS. Desarrollo Local Sostenible","volume":"41 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-11-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"1","resultStr":"{\"title\":\"EL ESQUIROLAJE EN LA EMPRESA DEL SIGLO XXI. REPASO JURISPRUDENCIAL DEL CASO ESPAÑOL\",\"authors\":\"José Enrique Ruiz Saura\",\"doi\":\"10.51896/delos/kjga8564\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"En las últimas décadas, la doctrina científica y jurisprudencial ha ido concretando los límites legales de las nuevas prácticas empresariales dirigidas a anular los efectos del ejercicio de la huelga, todas ellas comprendidas en el concepto de esquirolaje. Dado que la actual regulación de este derecho fundamental es escasa y data del año 1977, para poder determinar con precisión el criterio judicial aplicable ante realidades laborales novedosas, ha de estudiarse minuciosamente la evolución y la consolidación de la jurisprudencia acaecida a raíz de la entrada en el escenario laboral de fenómenos como la externalización de servicios, la automatización de procesos o la gestión algorítmica de los recursos humanos. Consecuentemente, en este trabajo se ha procedido a la recopilación y análisis exhaustivo de las resoluciones más relevantes que el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y distintos Tribunales Superiores de Justicia han emitido en los últimos años. De ello, puede extraerse que los tribunales han pasado de censurar únicamente la sustitución de huelguistas por trabajadores ajenos a la empresa (esquirolaje externo) a declarar contrarios a Derecho otros tipos no recogidos expresamente en la norma, como es la sustitución de huelguistas por trabajadores pertenecientes a empresas contratistas, más recientemente, sustituir la labor de los trabajadores ausentes mediante el empleo de instrumentos tecnológicos (“esquirolaje tecnológico”).\",\"PeriodicalId\":339553,\"journal\":{\"name\":\"DELOS. Desarrollo Local Sostenible\",\"volume\":\"41 1\",\"pages\":\"0\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2021-11-10\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"1\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"DELOS. Desarrollo Local Sostenible\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.51896/delos/kjga8564\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"\",\"JCRName\":\"\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"DELOS. Desarrollo Local Sostenible","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.51896/delos/kjga8564","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
EL ESQUIROLAJE EN LA EMPRESA DEL SIGLO XXI. REPASO JURISPRUDENCIAL DEL CASO ESPAÑOL
En las últimas décadas, la doctrina científica y jurisprudencial ha ido concretando los límites legales de las nuevas prácticas empresariales dirigidas a anular los efectos del ejercicio de la huelga, todas ellas comprendidas en el concepto de esquirolaje. Dado que la actual regulación de este derecho fundamental es escasa y data del año 1977, para poder determinar con precisión el criterio judicial aplicable ante realidades laborales novedosas, ha de estudiarse minuciosamente la evolución y la consolidación de la jurisprudencia acaecida a raíz de la entrada en el escenario laboral de fenómenos como la externalización de servicios, la automatización de procesos o la gestión algorítmica de los recursos humanos. Consecuentemente, en este trabajo se ha procedido a la recopilación y análisis exhaustivo de las resoluciones más relevantes que el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y distintos Tribunales Superiores de Justicia han emitido en los últimos años. De ello, puede extraerse que los tribunales han pasado de censurar únicamente la sustitución de huelguistas por trabajadores ajenos a la empresa (esquirolaje externo) a declarar contrarios a Derecho otros tipos no recogidos expresamente en la norma, como es la sustitución de huelguistas por trabajadores pertenecientes a empresas contratistas, más recientemente, sustituir la labor de los trabajadores ausentes mediante el empleo de instrumentos tecnológicos (“esquirolaje tecnológico”).