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El RDL 32/2021 ha ampliado el ámbito del contrato fijo-discontinuo. Por un lado, ha incluido en él los anteriores contratos fijos-periódicos. Por otro lado, da cabida en él otras necesidades que difícilmente encajan en su función tradicional como son las relacionadas con la descentralización. Esto se concretará probablemente en un elevado uso de estos contratos en el futuro inmediato. Por lo que se refiere a las modificaciones del régimen jurídico, aunque siguen abiertos algunos problemas tradicionales, se detecta ciertas mejoras en la protección de los trabajadores. No obstante, corresponderá a la negociación colectiva culminar el proceso.