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Los vestigios teóricos de las posturas paleo-positivistas han tenido como consecuencia directa una vehemente exaltación de la positivización de cualquier tipo de contenidos que se arguyan como derechos fundamentales, alegando con ello una adecuada regulación constitucional que, a la postre, sirve como discurso justificativo de la dominación estatal. Frente a esto, es importante analizar posturas teóricas como la garantista, que nos ayuden a comprender no solo cómo materializar los avances conseguidos en materia de protección a derechos fundamentales, sino también a reflexionar y criticar la actividad del sistema jurídico íntegramente, toda vez que su función ha sido notoriamente deslegitimadora del poder. Así, con este punto de partida epistémico, podremos dar cuenta de cómo la propia modificación de los distintos enunciados normativos y la función decisoria del juzgador se encuentran condicionados gracias a los contenidos sustantivos de las normas constitucionales.