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El nuevo régimen de reducción de jornada y de suspensión de contratos por causas ETOP y por fuerza mayor. Una apuesta por la estabilidad y la formación en el empleo
Aunque la reforma de los expedientes temporales de regulación de empleo no estaba contemplada en los planes de reforma de la normativa laboral, la experiencia acumulada durante la pandemia sanitaria del COVID-19 ha impulsado la reforma del art. 47 ET con la finalidad de incorporar algunas medidas que se han revelado especialmente eficaces. Las novedades en dicha regulación responden a la finalidad de diseñar un modelo de ERTE que opere como instrumento útil y ágil para la gestión de las crisis temporales que afectan a las empresas, como mecanismo alternativo a decisiones de destrucción de empleo y como oportunidad para mejorar la cualificación profesional de las personas trabajadoras. En el estudio se analizan, en particular, las herramientas que permiten atender a dichas finalidades -la flexibilización de la tramitación y gestión de los ERTE, la apuesta por la formación de los trabajadores, la preferencia por la reducción de jornada frente a la suspensión de contratos y las ayudas económicas a los ERTE-. Se analiza también el efecto que la entrada en vigor de la reforma del art. 47 ET genera sobre los ERTE vivos o en tramitación a fecha 31 de diciembre de 2021.