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La desobediencia civil en H. Arendt: el derecho a disentir y la alianza de los muchos
En una democracia real, ¿hay situaciones específicas en que sea necesario y posible impugnar legítimamente la ley? En lo que sigue, analizaremos, en lo que sigue, el significado y alcance de la idea de desobediencia civil, tal como Arendt la desarrolla en su artículo de 1969, poniendo luego sus conclusiones en relación con el resto de su obra y en particular con algunos hallazgos que ella, ya seis años antes, ha hecho en On Revolution, acerca del fundamento de la experiencia política moderna republicana y sus instituciones.
Nuestro recorrido presentará a) el conflicto conceptual implicado en la desobediencia civil y su deslinde respecto de otros fenómenos políticos contiguos, como son la objeción de conciencia y el derecho a resistencia. En segundo lugar, abordaremos b) el modo como la problematización de la desobediencia civil permite replantear el sentido mismo de la ley y la Constitución política. Finalmente, estableceremos cómo dicha reformulación c) conduce a la reconsideración de la función y estatuto del contrato social, en tanto revela que la estructura que sostiene una República democrática, está cimentada, al menos en su dimensión más elemental, sobre un pacto horizontal o ‘alianza de los muchos’.