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Sobre la compatibilidad del incremento del 20% en la pensión de incapacidad permanente total con el percibo de una pensión extranjera.
La falta de regulación específica en materia de incapacidad permanente total cualificada ha ocasionado que el complemento se articule en torno a la doctrina judicial tanto de tribunales españoles como de la Unión Europea. Uno de los principales puntos de fricción es el de la compatibilidad con otras rentas del interesado, dificultad que crece cuando se trata de pensiones causadas al amparo de los instrumentos internacionales de coordinación de sistemas de Seguridad Social de los que España participa. La STJUE de 15 de marzo de 2018 (asunto C-431/16) ha unificado criterio en cuanto a las pensiones causadas en el ámbito de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, pero su aplicación no es exportable a Convenios Bilaterales o al Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. A pesar de la importancia del cambio producido, no se ha incorporado todavía el ansiado cambio normativo que clarifique las innumerables situaciones objeto de litigio.