{"title":"Análisis y propuesta para el reconocimiento de los derechos de la naturaleza","authors":"Irene Yuvalena Huanca Excelmes","doi":"10.47712/rd.2023.v8i1.230","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Leer noticias en las que se reconocen derechos a los ríos como el “Atrato” en Colombia, el río “Ganges y Yamuma” en India, el río “Yarra” en Australia el río “Te Urewera” en Nueva Zelandia, o el reconocimiento de la amazonía colombiana como sujeto de derechos y en el ámbito nacional tenemos el proyecto de ley N°06957/2020-CR, a través del cual se pretende “reconocer que la madre naturaleza, los ecosistemas y las especies son titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado, por tratarse de entes vivos, con valor intrínseco y universal, que tienen derecho a existir, desarrollarse naturalmente, regenerarse, restaurarse y evolucionar” y a nivel local tenemos la ordenanza Municipal N° 018-2019-CM-MPM/A del 23 de setiembre del 2019 Reconoce a “la cuenca del río Llallimayo como sujeto de derecho con el fin de institucionalizar y generar los mecanismos y estrategias municipales que garanticen la conservación y gestión sostenible en beneficio de la población y de los ecosistemas” y la Ordenanza Distrital N° 006-2019-MDO/A del 26 de diciembre de 2019 en cuyo Artículo 1° reconocer a la madre agua-Yaku-Unu Mama como un ser viviente sujeto de derechos en todas sus formas: puquios, manantiales, ríos, lagunas, lagos. Nos provoca la siguiente pregunta: ¿es el momento histórico para incorporar constitucionalmente derechos a la naturaleza? ¿Es el momento histórico para incorporar principios que cimienten un biocentrismo? Es pues una tarea pendiente que debe ser debatida nuevamente en nuestro futuro próximo.","PeriodicalId":35326,"journal":{"name":"Revista de Derecho","volume":"4 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-03-17","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Derecho","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i1.230","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q3","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Leer noticias en las que se reconocen derechos a los ríos como el “Atrato” en Colombia, el río “Ganges y Yamuma” en India, el río “Yarra” en Australia el río “Te Urewera” en Nueva Zelandia, o el reconocimiento de la amazonía colombiana como sujeto de derechos y en el ámbito nacional tenemos el proyecto de ley N°06957/2020-CR, a través del cual se pretende “reconocer que la madre naturaleza, los ecosistemas y las especies son titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado, por tratarse de entes vivos, con valor intrínseco y universal, que tienen derecho a existir, desarrollarse naturalmente, regenerarse, restaurarse y evolucionar” y a nivel local tenemos la ordenanza Municipal N° 018-2019-CM-MPM/A del 23 de setiembre del 2019 Reconoce a “la cuenca del río Llallimayo como sujeto de derecho con el fin de institucionalizar y generar los mecanismos y estrategias municipales que garanticen la conservación y gestión sostenible en beneficio de la población y de los ecosistemas” y la Ordenanza Distrital N° 006-2019-MDO/A del 26 de diciembre de 2019 en cuyo Artículo 1° reconocer a la madre agua-Yaku-Unu Mama como un ser viviente sujeto de derechos en todas sus formas: puquios, manantiales, ríos, lagunas, lagos. Nos provoca la siguiente pregunta: ¿es el momento histórico para incorporar constitucionalmente derechos a la naturaleza? ¿Es el momento histórico para incorporar principios que cimienten un biocentrismo? Es pues una tarea pendiente que debe ser debatida nuevamente en nuestro futuro próximo.
期刊介绍:
Revista de Derecho (Journal of Law). Published by the Universidad Austral de Chile, Faculty of Legal and Social Sciences. The Universidad Austral de Chile’s Revista de Derecho (Journal of Law) is a journal of general studies of Law, whose purpose is to contribute to the development of legal science, promoting plural and critical discussion on relevant legal topics, published in July and December of each year.