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Abstract
Los programas de cumplimiento ambiental corresponden a un incentivo al cumplimiento de las normas e instrumentos de carácter ambiental, mediante los cuales el presunto infractor se obliga a cumplir un conjunto de metas y acciones para corregir su conducta antijurídica y hacerse cargo de los efectos negativos derivados de su incumplimiento al medio ambiente. En caso de advenir circunstancias no previstas durante la fase de ejecución de estos programas, se afectará primordialmente la eficacia del programa aprobado, de manera que el acto administrativo que aprueba un Programa de cumplimiento debe ser corregido para adecuarse a la realidad. La Superintendencia del Medio Ambiente podrá elegir entre declarar su invalidez, su decaimiento, o bien, modificar el acto administrativo que aprobó el programa.