{"title":"La hermenéutica filosófica y la “correcta” interpretación jurídica","authors":"José Merced Rizo Carmona","doi":"10.15174/CJ.V8I15.298","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En este artículo se trata de argumentar a favor de la hermenéutica filosófica de Hans-Georg Gadamer como un apoyo o complementación de la interpretación jurídica. Principalmente, se considera que tanto la parte lógica de los enunciados jurídicos (la validez), el aspecto material (la verdad y los contenidos), así como las posibles retóricas axiológicas que puedan generar hipótesis semánticas, son fundamentales para la creación de una “correcta” interpretación jurídica; es decir, la tesis que sirve como punto de partida es que toda interpretación debe ser el producto de una actividad básicamente racional y contextual. Para el análisis metodológico se hizo la comparación de la propuesta de Gadamer con formas de interpretación eminentemente jurídicas de pensadores como Carl Schmitt, Theodor Viehweg y Chaïm Perelman.","PeriodicalId":40180,"journal":{"name":"Ciencia Juridica","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.1000,"publicationDate":"2019-01-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Ciencia Juridica","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.15174/CJ.V8I15.298","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"LAW","Score":null,"Total":0}
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Abstract
En este artículo se trata de argumentar a favor de la hermenéutica filosófica de Hans-Georg Gadamer como un apoyo o complementación de la interpretación jurídica. Principalmente, se considera que tanto la parte lógica de los enunciados jurídicos (la validez), el aspecto material (la verdad y los contenidos), así como las posibles retóricas axiológicas que puedan generar hipótesis semánticas, son fundamentales para la creación de una “correcta” interpretación jurídica; es decir, la tesis que sirve como punto de partida es que toda interpretación debe ser el producto de una actividad básicamente racional y contextual. Para el análisis metodológico se hizo la comparación de la propuesta de Gadamer con formas de interpretación eminentemente jurídicas de pensadores como Carl Schmitt, Theodor Viehweg y Chaïm Perelman.