La suspensión del cargo parlamentario por aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Paloma Martínez Santa María
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Abstract

Esta sentencia viene a consolidar la doctrina ya establecida en anteriores Sentencias, remitiéndose en concreto a las Sentencias 71/1994 y 11/2020, acerca de que la aplicación a cargos parlamentarios de la medida de suspensión contemplada en el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) no vulnera los derechos reconocidos en el artículo 23.2 CE. La frase que podría resumir la sentencia es que resultaría insólito «que una persona procesada por un delito de rebelión, y que se encuentra en situación de rebeldía por haberse sustraído a la acción de la Justicia, eludiendo al tiempo la decisión de prisión, pueda pretender el ejercicio de funciones públicas en el ámbito de jurisdicción de nuestros Tribunales». La conclusión tajante es que «No existe razón ninguna que justifique que puedan ejercer funciones públicas quienes se encuentran en la situación procesal contemplada en el artículo 384 bis». Visto así, el artículo 384 bis está introduciendo un nuevo requisito negativo para poder ejercer la función parlamentaria: no hallarse en situación de prisión provisional por aquellos delitos definidos en la norma.
根据《刑事诉讼法》第384条之二暂停议会职位
这一判决巩固了以前判决中已经确立的理论,特别是第71/1994号和第11/2020号判决,即对议会官员适用《刑事诉讼法》第384a条规定的中止措施不会侵犯《欧洲共同体》第23.2条承认的权利。该判决可以总结的一句话是,“一个因叛乱罪被起诉并因逃避司法行动而处于叛乱状态的人,同时逃避监禁决定,可以假装在我们法院的管辖范围内行使公职,这将是不寻常的”。明确的结论是,“没有理由证明处于第384a条所述程序状况的人可以行使公职”。因此,第384条之二对行使议会职能提出了新的负面要求:不因该规则规定的罪行而被审前拘留。
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