{"title":"Medidas cautelares innovativas en tiempos de Covid-19","authors":"Catalina Costamagna","doi":"10.37767/2591-3476(2022)19","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió no hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada, en forma precautoria, por la parte actora –profesional médica, con especialidad en psiquiatría, de 60 años de edad- tendiente a que se ordene al Centro de Operaciones de Emergencia de la Provincia de Córdoba (COE) la reserva de una dosis de la vacuna Sputnik V, con fundamento en la arbitrariedad e ilegitimidad de la negativa a su colocación por parte de la demandada. Para así resolver, y con particular consideración del contexto imperante a la fecha del dictado de ese pronunciamiento judicial (14/01/2021), el Tribunal de Alzada tuvo por no configurados dos de los extremos insoslayables para la procedencia de la medida peticionada, esto es la verosimilitud en el derecho invocado (fumus bonis iuris) y el peligro en la demora (periculum in mora).","PeriodicalId":34439,"journal":{"name":"Revista Derecho y Salud","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2022-12-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista Derecho y Salud","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.37767/2591-3476(2022)19","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió no hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada, en forma precautoria, por la parte actora –profesional médica, con especialidad en psiquiatría, de 60 años de edad- tendiente a que se ordene al Centro de Operaciones de Emergencia de la Provincia de Córdoba (COE) la reserva de una dosis de la vacuna Sputnik V, con fundamento en la arbitrariedad e ilegitimidad de la negativa a su colocación por parte de la demandada. Para así resolver, y con particular consideración del contexto imperante a la fecha del dictado de ese pronunciamiento judicial (14/01/2021), el Tribunal de Alzada tuvo por no configurados dos de los extremos insoslayables para la procedencia de la medida peticionada, esto es la verosimilitud en el derecho invocado (fumus bonis iuris) y el peligro en la demora (periculum in mora).
科尔多瓦市第一提名行政争议分庭决定不采取60岁精神病学专业的医疗专业人员作为预防措施要求采取的创新预防措施,以命令科尔多瓦省紧急行动中心保留一剂人造卫星五号疫苗,基于被告拒绝放置它们的任意性和非法性。为了解决这一问题,特别考虑到该司法裁决发布之日(2021年1月14日)的普遍情况,阿尔扎达法院认为,对所要求的措施的起源来说,有两个不可分割的极端,即所援引的法律的合理性(Fumus Bonis iuris)和延误的危险(Periculum in Mora)。