{"title":"Tendencias político-criminales frente a la trata de personas y sus consecuencias típicas","authors":"Clara Moya Guillem","doi":"10.22201/IIJ.24484873E.2021.160.15977","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En 2020 se ha cumplido el vigésimo aniversario del Protocolo de Palermo contra la trata de personas. Desde su aprobación, y especialmente en los últimos diez años, son muchos los países que han tipificado penalmente este fenómeno o han reformado su regulación en este ámbito. Entre ellos se encuentran los Estados cuyas legislaciones conforman el objeto de la primera parte del trabajo: Alemania, Argentina, Chile, Colombia, España, Francia, Italia, México, Reino Unido y Uruguay. Sin embargo, a pesar de haber firmado y ratificado todos ellos este instrumento normativo internacional, no se ha alcanzado la pretendida armonización legislativa. Por el contrario, se pueden distinguir hasta cuatro tendencias político-criminales distintas con importantes repercusiones en la determina ción del bien jurídico protegido a las que se dedica la segunda parte del trabajo.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-06-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.22201/IIJ.24484873E.2021.160.15977","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
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Abstract
En 2020 se ha cumplido el vigésimo aniversario del Protocolo de Palermo contra la trata de personas. Desde su aprobación, y especialmente en los últimos diez años, son muchos los países que han tipificado penalmente este fenómeno o han reformado su regulación en este ámbito. Entre ellos se encuentran los Estados cuyas legislaciones conforman el objeto de la primera parte del trabajo: Alemania, Argentina, Chile, Colombia, España, Francia, Italia, México, Reino Unido y Uruguay. Sin embargo, a pesar de haber firmado y ratificado todos ellos este instrumento normativo internacional, no se ha alcanzado la pretendida armonización legislativa. Por el contrario, se pueden distinguir hasta cuatro tendencias político-criminales distintas con importantes repercusiones en la determina ción del bien jurídico protegido a las que se dedica la segunda parte del trabajo.