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Abstract
La configuración constitucional y legal de la educación en Cuba, a partir de su prestación exclusiva y excluyente por el Estado, y de lo incontrovertible de las decisiones administrativas en esta materia, se orienta más a una función pública soberana del Estado que a un servicio público en el sentido técnico jurídico del término. La falta de garantías, como la eficacia directa y vinculación de todos los “poderes” públicos, la reserva de ley, la indisponibilidad legislativa para la regresión, el contenido esencial o mínimo intocable, y la tutela judicial efectiva, constituyen serias limitaciones para considerar la educación en Cuba como un derecho fundamental, a la luz de esta teoría. Esta situación legislativa puede ubicar a los titulares del derecho en posiciones de desprotección ante posibles vulneraciones emanadas de arbitrariedades administrativas o de retrocesos legislativos.