{"title":"Deontología y confidencialidad en psiquiatría y psicología clínica en España","authors":"J. M. B. Guillén","doi":"10.1344/rbd2021.52.32034","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Introducción. En el ámbito de la salud mental la cualidad deontológica o ética profesional de todo el personal sanitario está regulada por los correspondientes códigos internacionales y nacionales de los preceptivos colegios profesionales. Material y método. Estudio crítico de los códigos deontológicos españoles y otros internacionales de referencia, para las especialidades oficiales de psiquiatría y psicología clínica. Resultados y discusión. Esos códigos normalizan la confidencialidad como asunto imperativo y son de obligado cumplimiento para sus colegiados. Los facultativos tienen igualmente la máxima exigencia bioética de ostentar siempre la formación y actualización óptimas en su campo, lo que es aplicable tanto si actúan pública como privadamente, o son de una u otra especialidad. Las actuaciones facultativo-paciente más paternalistas solo podrán ser válidas en la actualidad cuando los usuarios sean incapaces de elegir voluntariamente o de realizar acciones autónomas. Sin embargo, resultan especialmente sensibles las situaciones que conlleven riesgo de heteroagresión, suicidio, consumo de sustancias o se den en menores de edad. Por tanto, puede haber conflicto bioético entre la confidencialidad facultativa y el deber de proteger e informar a otra persona involucrada. Conclusiones. En nuestro país, la salvaguarda de los principios de interés público de no-maleficencia y justicia tendrá que prevalecer sobre los más individuales de autonomía y beneficencia.","PeriodicalId":52269,"journal":{"name":"Revista de Bioetica y Derecho","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-06-18","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"2","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Bioetica y Derecho","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.1344/rbd2021.52.32034","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q3","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
引用次数: 2
Abstract
Introducción. En el ámbito de la salud mental la cualidad deontológica o ética profesional de todo el personal sanitario está regulada por los correspondientes códigos internacionales y nacionales de los preceptivos colegios profesionales. Material y método. Estudio crítico de los códigos deontológicos españoles y otros internacionales de referencia, para las especialidades oficiales de psiquiatría y psicología clínica. Resultados y discusión. Esos códigos normalizan la confidencialidad como asunto imperativo y son de obligado cumplimiento para sus colegiados. Los facultativos tienen igualmente la máxima exigencia bioética de ostentar siempre la formación y actualización óptimas en su campo, lo que es aplicable tanto si actúan pública como privadamente, o son de una u otra especialidad. Las actuaciones facultativo-paciente más paternalistas solo podrán ser válidas en la actualidad cuando los usuarios sean incapaces de elegir voluntariamente o de realizar acciones autónomas. Sin embargo, resultan especialmente sensibles las situaciones que conlleven riesgo de heteroagresión, suicidio, consumo de sustancias o se den en menores de edad. Por tanto, puede haber conflicto bioético entre la confidencialidad facultativa y el deber de proteger e informar a otra persona involucrada. Conclusiones. En nuestro país, la salvaguarda de los principios de interés público de no-maleficencia y justicia tendrá que prevalecer sobre los más individuales de autonomía y beneficencia.