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Abstract
La expresión minoría nacional se incorporó a la terminología del derecho internacional durante la era de la Liga de Naciones. En todo caso, la conceptualización no está exenta de elementos polémicos y contradicciones importantes. La Comisión de Venecia opina que la atención debe pasar del tema de la definición a la necesidad de un ejercicio sin obstáculos de los derechos de las minorías en la práctica. En este contexto, es necesario resaltar que el carácter universal de los derechos humanos, de los que forman parte los derechos de las minorías, no excluye la existencia legítima de ciertas condiciones impuestas al acceso a derechos minoritarios específicos. Para ejemplificar e ilustrar con mayor claridad el análisis se hará referencia específica a los conflictos congelados de Nagorno-Karabakh, Abjasia y Osetia del Sur. La poco exitosa integración de las minorías en general, y en particular en la región del Cáucaso, permite contemplar, a través de los estudios de caso, una suerte de multiculturalismo no inclusivo, cuando no un nuevo absolutismo cultural, que justifica políticas que obvian en ocasiones los más elementales derechos humanos. Existe hoy una articulación de las ideas racistas y de las prácticas separatistas, mucho más clara y abierta, de un modo que históricamente está lejos de ser novedoso.