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Abstract
El propósito de este trabajo es explorar las posibilidades de colmar las lagunas normativas constitucionales mediante el uso de argumentos lógicos y cuasilógicos. Para ello, se distingue entre lagunas aparentes y auténticas: las primeras se resuelven mediante inferencias lógicas a partir de normas promulgadas (argumento lógico sistemático, argumento a contrario); en cambio, las lagunas auténticas no se pueden integrar mediante argumentos lógicos, sino, a lo sumo, mediante argumentos cuasilógicos (por analogía, a fortiori, a pari). Para el uso correcto de estos argumentos, se estudia, en general, qué enunciados jurídicos constitucionales pueden ser objeto de interpretación restrictiva y cuáles no.