Sobre la posibilidad de celebrar actuaciones procesales digitales (en particular las vistas) en el orden social de la jurisdicción tras los últimos vaivenes normativos
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Abstract
En la actualidad, el Orden Social de la Jurisdicción padece una situación que dista mucho de ser la ideal, con retrasos que a fuer de excesivos resultan injustificados, con riesgo de acabar por lesionar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, como ha tenido que declarar el máximo intérprete de la Constitución. Frente a esta situación, y junto con otras soluciones posibles (de forma señera, la mayor dotación de medios materiales y humanos), la tecnología se presenta como un bálsamo de fierabrás, potencial remedio que puede ofrecer soluciones para (casi) todos los males que sufren los tribunales laborales.En concreto, el presente ensayo plantea para el debate si la celebración de actuaciones procesales digitales (en especial, aun cuando no solo, las vistas) podría contribuir a mejorar el desenvolvimiento (y la celeridad) de los Tribunales laborales, llegando a una conclusión afirmativa, aun cuando matizada especialmente a la vista de las últimas reformas habidas en materia procesal.