Justificación de las excepciones al Reglamento (CE) 1967/2006 en lo referente a luz de malla, así como de la distancia a costa y profundidad marina mínima para la pesca del chanquete en la Región de Murcia.
José Peñalver García, Emilio María Dolores Pedrero, Emilio Romero Baldonado, Carlos José García Alonso, Miguel Ángel Sánchez Rivera, Obdulia Gómez Bernal, Elvira Viuda Albacete, Antonio Cárcel López, Monserrat Delgado Ruiz, Francisco José Murcia Navarro, Miguel Ángel Carrión Vílchez
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Abstract
La pesca del chanquete es una pesquería artesanal, tradicional y sostenible con un elevado impacto económico para el sector de artes menores de la Región de Murcia. Las características morfológicas y ecológicas de la especie objetivo exigen el uso de un arte de pesca y unas maniobras de faenado no permitidas en el Reglamento 1967/2006. Por tal motivo, se solicitó a la Comisión Europea determinadas excepciones para esta pesquería en lo referente a luz de malla, así como de la distancia a costa y profundidad marina mínima, implementándose un Plan de Gestión. Después de 3 periodos de excepción y tras 11 años de aplicación del Plan de Gestión de la pesca del chanquete en la Región de Murcia, el presente trabajo demuestra y justifica, en base a los datos científicos obtenidos en el plan de monitorización, la necesidad de la excepción al Reglamento (CE) 1967/2006 en lo referente a luz de malla, así como de la distancia a costa y profundidad marina mínima.