{"title":"SOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS DEL EJERCICIO DE LA TENENCIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES","authors":"Jorge Cazarez, Juan Santamaría","doi":"10.29076/issn.2528-7737vol16iss43.2023pp61-82p","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En Ecuador el sistema de mediación, se encuentra reconocido en la Constitución del 2008 y regulado por la Ley de Arbitraje y Mediación. Se utiliza para la solución voluntaria de conflictos. La mediación es dirigida por un tercero imparcial que ayuda a identificar los puntos de conflicto y llegar a una solución justa y legal, por medio de la cual nace la obligación de cumplir con los acuerdos voluntarios y mutuos. En cuanto a la tenencia, se reconoce el principio de corresponsabilidad parental, y las decisiones sobre la custodia deben basarse en el interés superior del niño, niña o adolescente, y se deben adaptar a sus necesidades y decisiones, garantizando su autonomía progresiva. La mediación familiar es una forma exitosa y rápida de resolver conflictos en comparación con los procesos judiciales, especialmente en temas relacionados como la tenencia de los hijos. La mediación ayuda a que las partes en conflicto se comuniquen y encuentren soluciones satisfactorias y, sobre todo, para el bienestar de los niños. La Constitución y el CONA establecen el principio del interés superior del niño como un principio rector en la toma de decisiones en casos relacionados con los niños. Los acuerdos de mediación se considera sentencia ejecutoriada y cosa juzgada. Los centros de mediación pueden tratar solo acuerdos extrajudiciales, y las juezas y jueces de familia, mujer, niñez y adolescencia tienen competencia para iniciar procesos de ejecución de actas de mediación en caso incumplimiento.
 
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Abstract
En Ecuador el sistema de mediación, se encuentra reconocido en la Constitución del 2008 y regulado por la Ley de Arbitraje y Mediación. Se utiliza para la solución voluntaria de conflictos. La mediación es dirigida por un tercero imparcial que ayuda a identificar los puntos de conflicto y llegar a una solución justa y legal, por medio de la cual nace la obligación de cumplir con los acuerdos voluntarios y mutuos. En cuanto a la tenencia, se reconoce el principio de corresponsabilidad parental, y las decisiones sobre la custodia deben basarse en el interés superior del niño, niña o adolescente, y se deben adaptar a sus necesidades y decisiones, garantizando su autonomía progresiva. La mediación familiar es una forma exitosa y rápida de resolver conflictos en comparación con los procesos judiciales, especialmente en temas relacionados como la tenencia de los hijos. La mediación ayuda a que las partes en conflicto se comuniquen y encuentren soluciones satisfactorias y, sobre todo, para el bienestar de los niños. La Constitución y el CONA establecen el principio del interés superior del niño como un principio rector en la toma de decisiones en casos relacionados con los niños. Los acuerdos de mediación se considera sentencia ejecutoriada y cosa juzgada. Los centros de mediación pueden tratar solo acuerdos extrajudiciales, y las juezas y jueces de familia, mujer, niñez y adolescencia tienen competencia para iniciar procesos de ejecución de actas de mediación en caso incumplimiento.
Palabras Clave: Mediación, resolución de conflictos, familia, tenencia, acuerdo extrajudicial