Impacto de la deducción adicional de 3 UIT en la recaudación de las rentas de cuarta categoría (periodo 2017 – 2018): propuesta para mejorar el cumplimiento tributario del profesional
{"title":"Impacto de la deducción adicional de 3 UIT en la recaudación de las rentas de cuarta categoría (periodo 2017 – 2018): propuesta para mejorar el cumplimiento tributario del profesional","authors":"Anyelina Selenita Jiménez Villarreyes","doi":"10.53641/junta.v3i1.49","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"\n \n \n \nEl objetivo del presente trabajo es analizar el impacto de la deducción adicional de las 3 UIT en la recaudación tributaria del impuesto a la renta de cuarta categoría en el Perú en los años 2017 – 2018. Este interés parte por la falta de proyección que presentó el Estado al no trazar cuánta sería la recaudación en el periodo mencionado. Con la creación de la norma, se esperaba un incremento en la recaudación durante el primer año de aplicación (2017); sin embargo, hubo una caída que se fue regularizando enel 2018 desde la modificación de la Ley del Impuesto a la Renta, introducida por el Decreto Legislativo N.° 1258. En el mismo año, el Estado derogó los intereses de crédito hipotecario que eran deducibles al 100 % durante el 2017; sin embargo, no hubo apoyo de parte de las instituciones financieras en cuanto a la información de los créditos hipotecarios de los contribuyentes. Para entender este problema, el presente trabajo analiza la relación de gastos adicionales contemplados en la normativa impuesta por la Administración Tributaria en torno a la necesidad de que los contribuyentes exijan comprobantes de pagos. Con este fin, las fuentes principales consideradas provienen del Ministerio de Economía y Finanzas, y de la SUNAT, así como se revisaron otras investigaciones de índole similar. Finalmente, se plantean recomendaciones para el cumplimiento tributario de los prestadores de rentas de cuarta categoría (profesionales y de oficios). \n \n \n \n","PeriodicalId":445576,"journal":{"name":"Revista la Junta","volume":"9 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2020-06-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista la Junta","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.53641/junta.v3i1.49","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
El objetivo del presente trabajo es analizar el impacto de la deducción adicional de las 3 UIT en la recaudación tributaria del impuesto a la renta de cuarta categoría en el Perú en los años 2017 – 2018. Este interés parte por la falta de proyección que presentó el Estado al no trazar cuánta sería la recaudación en el periodo mencionado. Con la creación de la norma, se esperaba un incremento en la recaudación durante el primer año de aplicación (2017); sin embargo, hubo una caída que se fue regularizando enel 2018 desde la modificación de la Ley del Impuesto a la Renta, introducida por el Decreto Legislativo N.° 1258. En el mismo año, el Estado derogó los intereses de crédito hipotecario que eran deducibles al 100 % durante el 2017; sin embargo, no hubo apoyo de parte de las instituciones financieras en cuanto a la información de los créditos hipotecarios de los contribuyentes. Para entender este problema, el presente trabajo analiza la relación de gastos adicionales contemplados en la normativa impuesta por la Administración Tributaria en torno a la necesidad de que los contribuyentes exijan comprobantes de pagos. Con este fin, las fuentes principales consideradas provienen del Ministerio de Economía y Finanzas, y de la SUNAT, así como se revisaron otras investigaciones de índole similar. Finalmente, se plantean recomendaciones para el cumplimiento tributario de los prestadores de rentas de cuarta categoría (profesionales y de oficios).