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Abstract
La resolución de los conflictos relacionados con la entrega directa de recursos públicos entre los Ayuntamientos y las Agencias Municipales, todos del estado de Oaxaca, no se encuentran expresamente previstos en las leyes electorales federales o locales. Sin embargo, a partir de la resolución del juicio ciudadano SUP-JDC-1865/2015, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) generó una interpretación trascendental para resolver estas controversias, a partir de la armonización, por un lado, de los derechos de los municipios a la libre administración de sus haciendas y, por el otro, los derechos de los pueblos y comunidades indígenas a la autodeterminación, autonomía y autogobierno, vinculándolos con el derecho a su participación política efectiva en la dirección de los asuntos públicos.