{"title":"discapacitado intelectual ante el proceso. Especial referencia al proceso penal","authors":"Silvia Durán Alonso","doi":"10.46661/respublica.8042","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"\nLa Ley 8/2021, de 2 de junio, en virtud de la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, implica un cambio de paradigma, al reconocer a las personas discapacitadas la posibilidad de decidir por sí mismas, frente a la anterior privación del libre ejercicio de sus derechos. Por ello, la referida Ley 8/2021 introduce en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil –de aplicación supletoria a todos los órdenes jurisdiccionales- lo que denomina “ajustes para personas con discapacidad” (artículo 7bis), a efectos de favorecer a éstas la accesibilidad al proceso judicial, a efectos de garantizar su participación en el proceso en condiciones de igualdad. Se examinarán cuáles son esos ajustes posibles, centrándonos en el proceso penal, y prestando especial atención a la figura del “facilitador”. \n","PeriodicalId":224752,"journal":{"name":"Cuadernos de RES PUBLICA en derecho y criminología","volume":"1 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-05-05","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Cuadernos de RES PUBLICA en derecho y criminología","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.46661/respublica.8042","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
La Ley 8/2021, de 2 de junio, en virtud de la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, implica un cambio de paradigma, al reconocer a las personas discapacitadas la posibilidad de decidir por sí mismas, frente a la anterior privación del libre ejercicio de sus derechos. Por ello, la referida Ley 8/2021 introduce en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil –de aplicación supletoria a todos los órdenes jurisdiccionales- lo que denomina “ajustes para personas con discapacidad” (artículo 7bis), a efectos de favorecer a éstas la accesibilidad al proceso judicial, a efectos de garantizar su participación en el proceso en condiciones de igualdad. Se examinarán cuáles son esos ajustes posibles, centrándonos en el proceso penal, y prestando especial atención a la figura del “facilitador”.