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Abstract
El principio de legalidad significa que los actos y comportamientos de la administración deben estar justificados en una ley previa, que preferible pero no necesariamente ha de ser de carácter general.2 Se trata, desde luego, del sometimiento en primer lugar a la Constitución3 y a la Ley del Poder Legislativo, pero también al resto del ordenamiento jurídico, por ejemplo a las normas reglamentarias emanadas de la propia administración,4 lo que ha sido dado en llamar el bloque de la legalidad5 o principio de juridicidad de la administración.6