{"title":"El control de constitucionalidad del estado de alarma","authors":"Álvaro Muñoz Gómez","doi":"10.14422/icade.i112.y2021.008","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El 14 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales algunas de las disposiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. La sentencia basa su argumentación en que dichas restricciones constituían una suspensión de la libertad de circulación y no una mera limitación. Esto las hacía incompatibles con el art. 55 CE que establece que la suspensión de determinados derechos solo puede darse bajo los estados de excepción y sitio. La resolución ha suscitado un debate doctrinal que incide sobre la interpretación del derecho de excepción y el papel de las instituciones.","PeriodicalId":407583,"journal":{"name":"icade. Revista de la Facultad de Derecho","volume":"61 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-12-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"1","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"icade. Revista de la Facultad de Derecho","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.14422/icade.i112.y2021.008","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
El 14 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales algunas de las disposiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. La sentencia basa su argumentación en que dichas restricciones constituían una suspensión de la libertad de circulación y no una mera limitación. Esto las hacía incompatibles con el art. 55 CE que establece que la suspensión de determinados derechos solo puede darse bajo los estados de excepción y sitio. La resolución ha suscitado un debate doctrinal que incide sobre la interpretación del derecho de excepción y el papel de las instituciones.