{"title":"Resignificar el Derecho a La Educación Y Resignificar lo Humano","authors":"Gladys Portilla Faicán","doi":"10.11117/rdp.v20i105.7102","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En este ensayo teórico se aborda la cuestión del sentido que tiene el derecho a la educación en las declaratorias de organismos oficiales y la necesidad de resignificar su sentido estratégico fundamental para el real ejercicio de los demás derechos. El objeto de estudió es el sentido del derecho a la educación en relación con el cumplimiento los demás derechos humanos. El objetivo de este trabajo es poner en cuestión el rol del derecho a la educación para resignificarlo como el derecho que conduce al ejercicio de los demás derechos humanos. En lo metodológico, se recurrió a la revisión de fuentes bibliográficas, principalmente, de Naciones Unidas y organismos relaciones y otras posturas que contribuyen al análisis crítico de la noción y el rol del derecho a la educación de cara a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible centrando el foco de atención en el Objetivo 4, Educación de calidad. Entre los principales resultados están la correlación entre el derecho a la educación y los demás derechos humanos y la necesidad de resignificar el derecho a la educación como uno objetivo estratégico de cara a la Agenda 2030. Se arribó a las siguientes conclusiones, a) el derecho humano a la educación debe ser resignificado como un derecho superlativo en cuanto vía al logro de los demás derechos humanos en un mundo cada vez más deshumanizado y b) para ir de las declaratorias a la cotidianidad de la vida humana, los compromisos deben ser vinculantes para los Estados. \nPALABRAS CLAVE: compromisos vinculantes, educación de calidad como derecho superlativo, resignificar el derecho a la educación. \n ","PeriodicalId":186819,"journal":{"name":"Direito Público","volume":"37 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-04-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Direito Público","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.11117/rdp.v20i105.7102","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
En este ensayo teórico se aborda la cuestión del sentido que tiene el derecho a la educación en las declaratorias de organismos oficiales y la necesidad de resignificar su sentido estratégico fundamental para el real ejercicio de los demás derechos. El objeto de estudió es el sentido del derecho a la educación en relación con el cumplimiento los demás derechos humanos. El objetivo de este trabajo es poner en cuestión el rol del derecho a la educación para resignificarlo como el derecho que conduce al ejercicio de los demás derechos humanos. En lo metodológico, se recurrió a la revisión de fuentes bibliográficas, principalmente, de Naciones Unidas y organismos relaciones y otras posturas que contribuyen al análisis crítico de la noción y el rol del derecho a la educación de cara a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible centrando el foco de atención en el Objetivo 4, Educación de calidad. Entre los principales resultados están la correlación entre el derecho a la educación y los demás derechos humanos y la necesidad de resignificar el derecho a la educación como uno objetivo estratégico de cara a la Agenda 2030. Se arribó a las siguientes conclusiones, a) el derecho humano a la educación debe ser resignificado como un derecho superlativo en cuanto vía al logro de los demás derechos humanos en un mundo cada vez más deshumanizado y b) para ir de las declaratorias a la cotidianidad de la vida humana, los compromisos deben ser vinculantes para los Estados.
PALABRAS CLAVE: compromisos vinculantes, educación de calidad como derecho superlativo, resignificar el derecho a la educación.