La existencia de una competencia real en la oferta de servicios universitarios en España

F. Crespo
{"title":"La existencia de una competencia real en la oferta de servicios universitarios en España","authors":"F. Crespo","doi":"10.51743/ihering.17","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Universidades públicas y privadas compiten en España por el mismo mercado con unas reglas de juego muy distintas, ya que las públicas tienen financiación directa de sus costes aproximadamente en un 75%. Esta financiación no tiene la consideración de ayudas públicas prohibidas para el derecho europeo, dado que la educación subvencionada en la UE entra en la categoría de Servicio No Económico de Interés General. Sin embargo, y a sensu contrario, la educación pagada por el alumno, si es un Servicio Económico, al que, por lo tanto, debería aplicarse toda la normativa que tiene por objeto facilitar la prestación de los mismos, en donde el principio de autorización tendría que tener un carácter subsidiario. Pero muy al contrario, la legislación española, en especial la autonómica, está plagada de procedimiento de autorización, que limitan de modo artificial el desarrollo de las universidades privadas, conteniendo algunos de ellos requisitos expresamente prohibidos. Además, el sistema de financiación de la universidad en España es poco equitativo, poco eficiente, y no ayuda a la promoción de la competencia interna, permitiendo además que se den situaciones de abuso de posición de dominio, al utilizar las universidades públicas la financiación para fines distintos a la enseñanza e investigación oficial. En contraste, tenemos otros sistemas universitarios, como el británico, que financia directamente a los alumnos en forma de préstamos, que sólo deben comenzarse a devolver cuando los alumnos alcanzan un determinado nivel de ingresos.","PeriodicalId":242956,"journal":{"name":"IHERING. CUADERNOS DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES","volume":"7 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"1900-01-01","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"IHERING. CUADERNOS DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.51743/ihering.17","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
引用次数: 0

Abstract

Universidades públicas y privadas compiten en España por el mismo mercado con unas reglas de juego muy distintas, ya que las públicas tienen financiación directa de sus costes aproximadamente en un 75%. Esta financiación no tiene la consideración de ayudas públicas prohibidas para el derecho europeo, dado que la educación subvencionada en la UE entra en la categoría de Servicio No Económico de Interés General. Sin embargo, y a sensu contrario, la educación pagada por el alumno, si es un Servicio Económico, al que, por lo tanto, debería aplicarse toda la normativa que tiene por objeto facilitar la prestación de los mismos, en donde el principio de autorización tendría que tener un carácter subsidiario. Pero muy al contrario, la legislación española, en especial la autonómica, está plagada de procedimiento de autorización, que limitan de modo artificial el desarrollo de las universidades privadas, conteniendo algunos de ellos requisitos expresamente prohibidos. Además, el sistema de financiación de la universidad en España es poco equitativo, poco eficiente, y no ayuda a la promoción de la competencia interna, permitiendo además que se den situaciones de abuso de posición de dominio, al utilizar las universidades públicas la financiación para fines distintos a la enseñanza e investigación oficial. En contraste, tenemos otros sistemas universitarios, como el británico, que financia directamente a los alumnos en forma de préstamos, que sólo deben comenzarse a devolver cuando los alumnos alcanzan un determinado nivel de ingresos.
西班牙大学服务供应存在真正的竞争
在西班牙,公立大学和私立大学在同一个市场上竞争,但规则非常不同,因为公立大学的成本约有75%是直接融资的。这种资助不被视为欧洲法律禁止的公共援助,因为欧盟资助的教育属于普遍利益的非经济服务类别。但是,从相反的意义上说,如果学生支付的教育是一种经济服务,那么旨在促进提供这种服务的所有规则都应适用于这种服务,在这种服务中,授权原则应具有附属性质。然而,恰恰相反,西班牙的立法,特别是自治立法,充满了授权程序,人为地限制了私立大学的发展,其中一些规定是明确禁止的。此外,融资系统不久,大学在西班牙是公正高效,而不是帮助促进内部竞争局势,此外他们滥用主导地位,运用公立大学非融资官方的教育和研究。相比之下,我们有其他的大学体系,比如英国的体系,它以贷款的形式直接资助学生,只有当学生达到一定的收入水平时才应该开始偿还。
本文章由计算机程序翻译,如有差异,请以英文原文为准。
求助全文
约1分钟内获得全文 求助全文
来源期刊
自引率
0.00%
发文量
0
×
引用
GB/T 7714-2015
复制
MLA
复制
APA
复制
导出至
BibTeX EndNote RefMan NoteFirst NoteExpress
×
提示
您的信息不完整,为了账户安全,请先补充。
现在去补充
×
提示
您因"违规操作"
具体请查看互助需知
我知道了
×
提示
确定
请完成安全验证×
copy
已复制链接
快去分享给好友吧!
我知道了
右上角分享
点击右上角分享
0
联系我们:info@booksci.cn Book学术提供免费学术资源搜索服务,方便国内外学者检索中英文文献。致力于提供最便捷和优质的服务体验。 Copyright © 2023 布克学术 All rights reserved.
京ICP备2023020795号-1
ghs 京公网安备 11010802042870号
Book学术文献互助
Book学术文献互助群
群 号:481959085
Book学术官方微信