{"title":"La indelegabilidad práctica del voto parlamentario: comentario a la Sentencia 65/2022, de 31 de mayo, del Tribunal Constitucional","authors":"Esther de Alba Bastarrechea","doi":"10.47984/legal.2023.003","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La sentencia comentada analiza la constitucionalidad del voto delegado según la regulación del Reglamento de Cataluña, y concluye que, en virtud del principio de personalidad del voto, este es indelegable, salvo de forma excepcional y restrictiva y teniendo en cuenta que la delegación, cuando pueda darse, debe ser tan solo la expresión del voto previamente manifestado por el delegante. La sentencia extiende la personalidad y la indelegabilidad del voto, reguladas en el art. 79 de la Constitución Española para las Cortes Generales, a una condición indispensable de la función representativa como manifestación del derecho a la participación política recogida en el art. 23 de la Constitución Española, y, por ende, aplicable a todos los Parlamentos autonómicos.","PeriodicalId":422353,"journal":{"name":"Legebiltzarreko Aldizkaria Revista del Parlamento Vasco","volume":"20 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-04-20","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Legebiltzarreko Aldizkaria Revista del Parlamento Vasco","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.47984/legal.2023.003","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
La sentencia comentada analiza la constitucionalidad del voto delegado según la regulación del Reglamento de Cataluña, y concluye que, en virtud del principio de personalidad del voto, este es indelegable, salvo de forma excepcional y restrictiva y teniendo en cuenta que la delegación, cuando pueda darse, debe ser tan solo la expresión del voto previamente manifestado por el delegante. La sentencia extiende la personalidad y la indelegabilidad del voto, reguladas en el art. 79 de la Constitución Española para las Cortes Generales, a una condición indispensable de la función representativa como manifestación del derecho a la participación política recogida en el art. 23 de la Constitución Española, y, por ende, aplicable a todos los Parlamentos autonómicos.