La incorporación de facto de la policía a las Fuerzas Armadas: estudio sobre la sentencia del 18 de junio de 2020 de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz
Aaron Alfredo Acosta, Pablo Gómez Pinilla, Alejandro Jiménez Ospina
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Abstract
El estatus de protección de los integrantes de la Policía Nacional bajo el derecho internacional humanitario (dih) en el conflicto armado colombiano ha permanecido en una zona gris tanto normativa como jurisprudencial. La sentencia tp-sa-am 168 de 2020, de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (jep) postula una definición comprehensiva de la controversia y aclara el alcance de dicha protección. Si bien, en principio, la solución propuesta en la sentencia parece acorde con las normas del derecho internacional humanitario, la utilización de la función continua de combate como criterio para definir la incorporación de facto a las Fuerzas Armadas y las excepciones a dicha incorporación parecen desviarse de lo dispuesto en tal régimen normativo. En este artículo hacemos una explicación de la sentencia, los hechos que la rodearon y la subregla desarrollada por la Sección de Apelación de la jep, al tiempo que presentamos observaciones frente a los puntos que consideramos problemáticos y que quedaron sin resolver.