Reflexiones en torno a la construcción de la noción de sanción jurídica: el indispensable recurso a la teoría general a objeto de distinguir la sanción administrativa de la pena judicial
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Abstract
Tras constatar que el entendimiento tradicional de las sanciones jurídicas se ha articulado a partir de, y en función a, la teoría del Derecho penal (cuestión que, al mismo tiempo, condiciona la configuración de otros tipos de sanciones como las administrativas y explica, siquiera en parte, la asunción de un supuesto ius puniendi único del Estado), el autor plantea que un análisis correcto y fructífero del concepto de sanción administrativa exige insertarla en el contexto más amplio de las sanciones jurídicas, en tanto se trata de una especie de esta —como, asimismo, la pena judicial— y, por tanto, su construcción teórico-dogmática debe realizarse, previamente, a partir de la teoría general del Derecho.