{"title":"Los juzgados de paz de la ciudad de Buenos Aires. Entre los límites de las parroquias y un marco territorial propio (1821-1839)","authors":"Sofía Gastellu","doi":"10.23854/autoc.v7i2.297","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Los Juzgados de Paz de la ciudad de Buenos Aires fueron creados en 1821 durante el proceso de reformas llevado a cabo por Bernardino Rivadavia. Sus primeras jurisdicciones fueron parroquiales, estableciendo un juez de paz por cada parroquia de la ciudad. A partir de 1839, sus límites fueron modificados durante el segundo gobierno de Juan Manuel de Rosas, otorgando a los jueces de paz un marco territorial propio como autoridad local de baja justicia. Nuestra propuesta es revisitar la dimensión territorial de la justicia de paz problematizando su relación con las parroquias, las comisarías y los cuarteles –así como las diferentes autoridades locales– con el propósito de establecer por qué se produjo la separación de los límites civiles y eclesiásticos. Explorar el equipamiento político del territorio de la justicia de paz y analizar las modificaciones del rosismo puede proporcionar nuevas miradas sobre un viejo problema: la influencia de la arquitectura político-institucional heredada de la década de 1820 en las medidas de gobierno que el rosismo implementó en la ciudad de Buenos Aires.","PeriodicalId":162496,"journal":{"name":"Autoctonia Revista de Ciencias Sociales e Historia","volume":"46 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-07-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Autoctonia Revista de Ciencias Sociales e Historia","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.23854/autoc.v7i2.297","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Los Juzgados de Paz de la ciudad de Buenos Aires fueron creados en 1821 durante el proceso de reformas llevado a cabo por Bernardino Rivadavia. Sus primeras jurisdicciones fueron parroquiales, estableciendo un juez de paz por cada parroquia de la ciudad. A partir de 1839, sus límites fueron modificados durante el segundo gobierno de Juan Manuel de Rosas, otorgando a los jueces de paz un marco territorial propio como autoridad local de baja justicia. Nuestra propuesta es revisitar la dimensión territorial de la justicia de paz problematizando su relación con las parroquias, las comisarías y los cuarteles –así como las diferentes autoridades locales– con el propósito de establecer por qué se produjo la separación de los límites civiles y eclesiásticos. Explorar el equipamiento político del territorio de la justicia de paz y analizar las modificaciones del rosismo puede proporcionar nuevas miradas sobre un viejo problema: la influencia de la arquitectura político-institucional heredada de la década de 1820 en las medidas de gobierno que el rosismo implementó en la ciudad de Buenos Aires.