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Cabildos de naturales en el ocaso colonial: jurisdicción, posesión y defensa del espacio étnico
Este ensayo examina ciertos cambios criticos en la jurisdiccion de la «Republica de indios» en el Peru colonial tardio. Busca ademas problematizar el significado del concepto de «posesion» y del derecho de usufructo en el contexto de la propiedad comunal en los pueblos de indios y los cambios producidos en la jurisdiccion indigena en 1777 con la creacion de las subdelegaturas que reemplazaron el juzgado del corregidor. Las Ordenanzas de Intendencia de 1784 y 1803 desplazaron mas certeramente la autoridad jurisdiccional del Cabildo indigena y su capacidad de decision en cuanto al ordenamiento espacial del pueblo. Los procuradores y jueces del Cabildo de Chorrillos, entre otros, avanzaron una sistematica defensa legal de la propiedad comunal y un nuevo sentido de la etnicidad urbana. Al amanecer del siglo XIX, se profundizaba una refinada cultura letrada anclada en el potencial jurisdiccional de la «Republica de indios» con una larga tradicion de escritura y lucha legal. Desafiando la autoridad del juez subdelegado, el Cabildo respondia tacitamente al proyecto borbon de control politico local de los pueblos, intentando rescatar los ultimos vestigios de comunidad que permanecian aun en los pueblos del valle de Lima al final de la experiencia colonial.