面对家庭住房和社会的社会情感

Solange Jure Ramos, Gastón Augusto Zavala
{"title":"面对家庭住房和社会的社会情感","authors":"Solange Jure Ramos, Gastón Augusto Zavala","doi":"10.37767/2362-3845(2022-2)003","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El adolescente con un grado de madurez suficiente, que es titular registral del inmueble sede del hogar familiar se encuentra legitimado para afectar personalmente a vivienda. Si su grado de madurez no fuese suficiente o no hubiese alcanzado la edad de 13 años, deberá actuar mediante la intervención de sus representantes legales. No solo es un derecho sino también una necesidad que los niños, niñas y adolescentes, sean oídos en todo proceso judicial en el que esté en situación de riesgo, uno de los derechos fundamentales a su vida y formación, como lo es su vivienda.El niño, niña o adolescente, en su rol de beneficiario del hogar familiar, aún sin ser titular registral del inmueble afectado al régimen de vivienda (arts. 244 CCyCN) o de la protección automática prevista en los artículos 456 o 522 CCyCN, se encuentra legitimado para oponerse a la ejecución forzada, aun cuando quienes ejerzan la responsabilidad parental se hubieran pronunciado de manera diferente.Los efectos jurídicos que se generan a partir de la existencia de una relación de organización personificada, con patrimonio propio, imputativo y autogestante, que involucra y tiene consecuencias frente a terceros, y que además engloba una serie de actos jurídicos concatenados todos ellos tendientes a la consecución de aquel fin común, supera cualquier vínculo subjetivo, en aras a garantizar la seguridad jurídica que el ordenamiento crea a partir de estas estructuras normativas. \nEl fin común propio de las relaciones asociacionales como es una sociedad, debe ser mirado desde el punto de vista objetivo. El objeto social como dato estatutario que muestra la forma de darse la empresa, conmina necesariamente a encontrar en los mecanismos societarios de salida o de reestructuración previstos, la solución para superar estos conflictos, conservando la viabilidad de la sociedad y evitando obstaculizar su funcionamiento. \nSUMARIO: \nI. La socioafectividad. Concepto . II. El derecho a la protección de la vivienda 1. La vivienda, la socioafectividad y la constitucionalidad del derecho privado. 2. La legitimación de los niños, niñas y adolescentes . 3. Autorización judicial cuando estuviere comprometido el interés de beneficiarios vulnerables . 4. Desafectación por ejecución forzada y legitimación por socioafectividad . III. Aplicación de la socioafectivdad en materia societaria . IV. Conclusión. \nSUMMARY: \nI. Socioaffectivity. Concept . II. The right to housing protection 1. Housing, socioaffectivity and the constitutionality of private law. 2. The legitimacy of children and adolescents. 3. Judicial authorization when the interest of vulnerable beneficiaries is compromised.4. Disaffection by forced execution and legitimation by socio-affectivity. III. Application ofsocio-affectivity in corporate matters. IV. Conclusion.","PeriodicalId":34439,"journal":{"name":"Revista Derecho y Salud","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-01-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"La socioafectividad frente a la vivienda familiar y la sociedades\",\"authors\":\"Solange Jure Ramos, Gastón Augusto Zavala\",\"doi\":\"10.37767/2362-3845(2022-2)003\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El adolescente con un grado de madurez suficiente, que es titular registral del inmueble sede del hogar familiar se encuentra legitimado para afectar personalmente a vivienda. Si su grado de madurez no fuese suficiente o no hubiese alcanzado la edad de 13 años, deberá actuar mediante la intervención de sus representantes legales. No solo es un derecho sino también una necesidad que los niños, niñas y adolescentes, sean oídos en todo proceso judicial en el que esté en situación de riesgo, uno de los derechos fundamentales a su vida y formación, como lo es su vivienda.El niño, niña o adolescente, en su rol de beneficiario del hogar familiar, aún sin ser titular registral del inmueble afectado al régimen de vivienda (arts. 244 CCyCN) o de la protección automática prevista en los artículos 456 o 522 CCyCN, se encuentra legitimado para oponerse a la ejecución forzada, aun cuando quienes ejerzan la responsabilidad parental se hubieran pronunciado de manera diferente.Los efectos jurídicos que se generan a partir de la existencia de una relación de organización personificada, con patrimonio propio, imputativo y autogestante, que involucra y tiene consecuencias frente a terceros, y que además engloba una serie de actos jurídicos concatenados todos ellos tendientes a la consecución de aquel fin común, supera cualquier vínculo subjetivo, en aras a garantizar la seguridad jurídica que el ordenamiento crea a partir de estas estructuras normativas. \\nEl fin común propio de las relaciones asociacionales como es una sociedad, debe ser mirado desde el punto de vista objetivo. El objeto social como dato estatutario que muestra la forma de darse la empresa, conmina necesariamente a encontrar en los mecanismos societarios de salida o de reestructuración previstos, la solución para superar estos conflictos, conservando la viabilidad de la sociedad y evitando obstaculizar su funcionamiento. \\nSUMARIO: \\nI. La socioafectividad. Concepto . II. El derecho a la protección de la vivienda 1. La vivienda, la socioafectividad y la constitucionalidad del derecho privado. 2. La legitimación de los niños, niñas y adolescentes . 3. Autorización judicial cuando estuviere comprometido el interés de beneficiarios vulnerables . 4. Desafectación por ejecución forzada y legitimación por socioafectividad . III. Aplicación de la socioafectivdad en materia societaria . IV. Conclusión. \\nSUMMARY: \\nI. Socioaffectivity. Concept . II. The right to housing protection 1. Housing, socioaffectivity and the constitutionality of private law. 2. The legitimacy of children and adolescents. 3. Judicial authorization when the interest of vulnerable beneficiaries is compromised.4. Disaffection by forced execution and legitimation by socio-affectivity. III. Application ofsocio-affectivity in corporate matters. IV. Conclusion.\",\"PeriodicalId\":34439,\"journal\":{\"name\":\"Revista Derecho y Salud\",\"volume\":\"1 1\",\"pages\":\"\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2023-01-23\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Revista Derecho y Salud\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.37767/2362-3845(2022-2)003\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"\",\"JCRName\":\"\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista Derecho y Salud","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.37767/2362-3845(2022-2)003","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
引用次数: 0

摘要

青少年具有足够成熟,持有找到家家庭所在地不动产登记将亲自来获取住房。如果他还不够成熟或未满13岁,他必须通过其法定代表人的干预采取行动。儿童和青少年在面临危险的任何司法程序中都应得到倾听,这不仅是一项权利,而且也是一种需要,这是他们生命和培训的基本权利之一,也是他们的住房权利。儿童、女孩或青少年作为家庭住宅的受益人,即使不是受住房制度影响的财产的登记所有人(艺术。244 CCyCN)或CCyCN第456或522条规定的自动保护,即使行使父母责任的人有不同的意见,也有权反对执行。基础上产生法律影响的组织存在联系的化身,有自己的资产,imputativo autogestante,涉及和影响第三方,并同时涵盖一系列法律行为concatenados全都旨在共同实现那个目的,克服任何主观的联系,为了确保法律安全管理造成了从这些政策结构。因此,必须从客观的角度来看待协会关系的共同目的。公司目标作为显示公司存在方式的法定数据,必然意味着在公司退出或重组计划的机制中找到克服这些冲突的解决方案,保持公司的生存能力,避免妨碍其运作。摘要:一、社会情感。概念。二。1.住房保护的权利。住房、社会情感和私法的合宪性。2. 儿童和青少年的合法化。3. 当脆弱受益人的利益受到损害时,司法授权。4. 强制执行带来的不满和社会情感带来的合法化。三。社会情感在公司事务中的应用。四。结论。摘要:一、社会情感。概念。二。住房保护的权利1。住房、社会情感和私法的宪法。2. 儿童和青少年的合法性。3. 4.脆弱受益人利益受到损害时的司法授权。他的父亲是一名律师,母亲是一名律师。三。社会情感在企业事务中的应用。四。结论。
本文章由计算机程序翻译,如有差异,请以英文原文为准。
La socioafectividad frente a la vivienda familiar y la sociedades
El adolescente con un grado de madurez suficiente, que es titular registral del inmueble sede del hogar familiar se encuentra legitimado para afectar personalmente a vivienda. Si su grado de madurez no fuese suficiente o no hubiese alcanzado la edad de 13 años, deberá actuar mediante la intervención de sus representantes legales. No solo es un derecho sino también una necesidad que los niños, niñas y adolescentes, sean oídos en todo proceso judicial en el que esté en situación de riesgo, uno de los derechos fundamentales a su vida y formación, como lo es su vivienda.El niño, niña o adolescente, en su rol de beneficiario del hogar familiar, aún sin ser titular registral del inmueble afectado al régimen de vivienda (arts. 244 CCyCN) o de la protección automática prevista en los artículos 456 o 522 CCyCN, se encuentra legitimado para oponerse a la ejecución forzada, aun cuando quienes ejerzan la responsabilidad parental se hubieran pronunciado de manera diferente.Los efectos jurídicos que se generan a partir de la existencia de una relación de organización personificada, con patrimonio propio, imputativo y autogestante, que involucra y tiene consecuencias frente a terceros, y que además engloba una serie de actos jurídicos concatenados todos ellos tendientes a la consecución de aquel fin común, supera cualquier vínculo subjetivo, en aras a garantizar la seguridad jurídica que el ordenamiento crea a partir de estas estructuras normativas. El fin común propio de las relaciones asociacionales como es una sociedad, debe ser mirado desde el punto de vista objetivo. El objeto social como dato estatutario que muestra la forma de darse la empresa, conmina necesariamente a encontrar en los mecanismos societarios de salida o de reestructuración previstos, la solución para superar estos conflictos, conservando la viabilidad de la sociedad y evitando obstaculizar su funcionamiento. SUMARIO: I. La socioafectividad. Concepto . II. El derecho a la protección de la vivienda 1. La vivienda, la socioafectividad y la constitucionalidad del derecho privado. 2. La legitimación de los niños, niñas y adolescentes . 3. Autorización judicial cuando estuviere comprometido el interés de beneficiarios vulnerables . 4. Desafectación por ejecución forzada y legitimación por socioafectividad . III. Aplicación de la socioafectivdad en materia societaria . IV. Conclusión. SUMMARY: I. Socioaffectivity. Concept . II. The right to housing protection 1. Housing, socioaffectivity and the constitutionality of private law. 2. The legitimacy of children and adolescents. 3. Judicial authorization when the interest of vulnerable beneficiaries is compromised.4. Disaffection by forced execution and legitimation by socio-affectivity. III. Application ofsocio-affectivity in corporate matters. IV. Conclusion.
求助全文
通过发布文献求助,成功后即可免费获取论文全文。 去求助
来源期刊
自引率
0.00%
发文量
0
审稿时长
8 weeks
×
引用
GB/T 7714-2015
复制
MLA
复制
APA
复制
导出至
BibTeX EndNote RefMan NoteFirst NoteExpress
×
提示
您的信息不完整,为了账户安全,请先补充。
现在去补充
×
提示
您因"违规操作"
具体请查看互助需知
我知道了
×
提示
确定
请完成安全验证×
copy
已复制链接
快去分享给好友吧!
我知道了
右上角分享
点击右上角分享
0
联系我们:info@booksci.cn Book学术提供免费学术资源搜索服务,方便国内外学者检索中英文文献。致力于提供最便捷和优质的服务体验。 Copyright © 2023 布克学术 All rights reserved.
京ICP备2023020795号-1
ghs 京公网安备 11010802042870号
Book学术文献互助
Book学术文献互助群
群 号:481959085
Book学术官方微信