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La exclusión constitutiva, a partir de la década de los 90, de tales personas socias del ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo impide la aplicación de los instrumentos de regulación colectiva de las condiciones de trabajo por cuenta ajena, por lo que los Reglamentos son el único vehículo de regulación colectiva de sus condiciones de trabajo. Un análisis de las distintas normas cooperativas pone de manifiesto, además, la dispersión y heterogeneidad de los preceptos que regulan estos instrumentos de autorregulación. Por su parte, el carácter de los RRI difiere de los instrumentos tradicionales de regulación colectiva previstos por el Derecho del Trabajo. Por ello, se hace necesario un análisis de su naturaleza jurídica y límites. Por último, se analizarán algunos RRI de grandes cooperativas para comprobar si, efectivamente, están asumiendo la regulación de tales condiciones y en qué sentido lo afrontan. En concreto, se analizarán los RRI de las cooperativas Servicarne y Eroski. En el primer caso, por la polémica jurisprudencial que la rodea y poder comprobar si esta se traslada a su RRI. 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Reglamentos de régimen interno de las Cooperativas de trabajo asociado y determinación de las condiciones de trabajo
Los Reglamentos de régimen interno poseen, pese a su escaso tratamiento normativo y doctrinal, unas enormes potencialidades reguladoras de las condiciones de trabajo en las Cooperativas de Trabajo Asociado. Un examen exhaustivo de los estudios doctrinales aparecidos hasta la fecha nos permite comprobar que se carece de un tratamiento pormenorizado más allá de algún estudio clásico desde la perspectiva mercantilista. Por el contrario, no existen precedentes de este tipo de estudios respecto al análisis de su papel en la regulación de las condiciones de trabajo de las personas socias-trabajadoras. La exclusión constitutiva, a partir de la década de los 90, de tales personas socias del ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo impide la aplicación de los instrumentos de regulación colectiva de las condiciones de trabajo por cuenta ajena, por lo que los Reglamentos son el único vehículo de regulación colectiva de sus condiciones de trabajo. Un análisis de las distintas normas cooperativas pone de manifiesto, además, la dispersión y heterogeneidad de los preceptos que regulan estos instrumentos de autorregulación. Por su parte, el carácter de los RRI difiere de los instrumentos tradicionales de regulación colectiva previstos por el Derecho del Trabajo. Por ello, se hace necesario un análisis de su naturaleza jurídica y límites. Por último, se analizarán algunos RRI de grandes cooperativas para comprobar si, efectivamente, están asumiendo la regulación de tales condiciones y en qué sentido lo afrontan. En concreto, se analizarán los RRI de las cooperativas Servicarne y Eroski. En el primer caso, por la polémica jurisprudencial que la rodea y poder comprobar si esta se traslada a su RRI. En el segundo caso, para comprobar como los RRI sirven, en ocasiones, para excluir la aplicación de importantes instituciones del Derecho del Trabajo en el interior de la Cooperativa de trabajo asociado.