人权作为一项跨国法

IF 1.2 Q2 INTERNATIONAL RELATIONS
AJIL Unbound Pub Date : 2022-10-17 DOI:10.1017/aju.2022.61
J. Contesse
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摘要

20世纪初,在当时新成立的美国国际法研究所第一次会议上,来自不同国家的法学家通过了一项声明,规定“国际法既是国内法,也是国际法”。近一百年后,如果说国际法有一个方面具有明显的拉丁美洲特征,并实现了该宣言中提出的想法,那就是国际人权法。自1948年通过《美国人权和义务宣言》以来,特别是自1950年代以来,随着美洲人权委员会的成立,然后随着1969年《美洲人权公约》的通过,基本权利一直是,现在是,一切都表明,它们将继续是国际法中一个激进的区域进程和现象。本文通过美洲法院判例的发展,分析了拉丁美洲跨国人权法的构建方式,美洲体系的形成,以及国际法与宪法之间互动和影响的特殊形式。通过回顾最近关于社会权利可裁判性的判例,本文展示了普通人权法的概念是如何提出困难的,如果要认真对待该地区人权的跨国性质,就必须解决这些困难。
本文章由计算机程序翻译,如有差异,请以英文原文为准。
Los Derechos Humanos Como Derecho Transnacional
A comienzos del siglo veinte, al celebrarse la primera reunión del entonces recién creado Instituto Americano de Derecho Internacional, juristas de distintos países adoptaron una declaración que estipulaba que “el derecho internacional es a la vez nacional e internacional”1. Casi cien años después, si hay un aspecto del Derecho internacional que tiene un rasgo distintivamente latinoamericano, y que da cuenta de la idea acuñada en esa Declaración, es el Derecho internacional de los derechos humanos. Desde la adopción de la Declaración Americana de de los Derechos y Deberes del Hombre, en 1948, y especialmente a partir de la década de los cincuenta, con la creación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y luego con la adopción de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en 1969, los derechos fundamentales han sido, son y todo indica que seguirán siendo un proceso y fenómeno radicalmente regional del Derecho internacional. Este ensayo analiza, a través del desarrollo de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, la manera como se ha construido el Derecho transnacional de los derechos humanos en América Latina, con la formación del sistema interamericano, hasta las formas peculiares de interacción e influencia entre el Derecho internacional y el Derecho constitucional. Revisando la jurisprudencia reciente sobre justiciabilidad de derechos sociales, el ensayo muestra cómo la idea de un derecho común de los derechos humanos presenta dificultades que deben atenderse si se quiere tomar en serio el carácter transnacional de los derechos humanos en la región.
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