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Justicia dialógica en una ingeniería constitucional resistente al constitucionalismo dialógico
El constitucionalismo dialógico defiende que el diálogo interinstitucional y la conversación entre órganos estatales y ciudadanos para interpretar la Constitución deben ser criterios decisivos de legitimidad. Y ciertamente hay buenas razones para aceptar que esto reviste un interés democrático. Pero, a pesar de la febril tentación que puede surgir de la carga emotiva de los conceptos de diálogo y deliberación, la adopción de las ideas de dicho constitucionalismo no puede ser irreflexiva, pues requiere de un diseño normativo acorde con exigencias que en algunas constituciones solo podrían satisfacerse mediante cambios constitucionales profundos. Así, este trabajo analiza los conceptos de constitucionalismo y justicia dialógicos; determina las dificultades derivadas de la ingeniería constitucional salvadoreña para implementar el primero; y examina con visión descriptiva y crítica si existen prácticas de justicia dialógica adoptadas por la Sala de lo Constitucional de El Salvador.